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D E C R E T O No.
El Congreso Nacional:
Considerando: Que es un anhelo del pueblo hondureño tener mayor participación en asuntos de interésnacional de manera directa.
Considerando: Que es un derecho fundamental inherente a la persona humana el que los ciudadanos tomen participación en las decisiones más importantes de la vida nacional.Considerando: Que son mecanismos adecuados para que la democracia participativa funcione en Honduras las figuras del plebiscito, el referéndum y la iniciativa de ley ciudadana.
Considerando:Que es impostergable abrir los espacios de participación política al pueblo hondureño.
Considerando: Que es fundamental ampliar la iniciativa de ley que regula el artículo 213 de la Constitución dela República para permitir a los ciudadanos directamente, presentar proyectos de ley sobre todo tipo de temas al Congreso Nacional, profundizando de esta manera la Democracia Participativa.Considerando: Que es atribución del Congreso Nacional de conformidad al Artículo 373 del Decreto 131 del 11 de enero de 1982, reformar la Constitución de la Republica.
Por tanto:
DECRETA:
Artículo1.- Reformar los Artículos 5 de la Constitución reformado mediante Decreto 242-2003 ratificado mediante Decreto 177-2004, y 213 de la Constitución de la República, contenidos en el Decreto131, emitido por la Asamblea Nacional Constituyente, el 11 de enero de 1982, los cuales deben leerse así:
ARTÍCULO 5.- El gobierno de la República debe sustentarse en los principios de lasoberanía popular, la autodeterminación de los pueblos y la democracia participativa, de los cuales se deriva la integración nacional, la estabilidad política y la paz social.
Parafortalecer la democracia representativa, se instituyen como mecanismos de participación ciudadana el referéndum, el plebiscito y la iniciativa de ley ciudadana.
El referéndum se convocará sobre una...
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