Lic. en Administración
ORGANISMO:
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES EXTERIORES
Institución cuya misión es planificar, formular y ejecutar la política internacional del estado y la nación venezolana, bajo la conducción directa del presidente de la república.
Término referido al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, en su carácter de Patrono o Empleador, quien a través de susrepresentantes dará ocupación retribuida al FUNCIONARIO que está sometido a una relación subordinada, permanente y remunerada en las condiciones que establezcan la Ley de Servicio Exterior, la Ley del Estatuto de la Función Pública, la Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento, así como la presente Convención Colectiva de Trabajo.
DE LOS BENEFICIOS SOCIALES
ESTABILIDAD: Derecho exclusivo que tiene elFUNCIONARIO en el desempeño de sus funciones, quien no podrán ser separado de su cargo sin que previamente se hayan cumplido los procedimientos establecidos en la Ley de Servicio Exterior, la Ley del Estatuto de la Función Pública y sus respectivos Reglamentos.
INAMOVILIDAD: Fuero o privilegio del que goza el FUNCIONARIO, en los supuestos previstos en la normativa jurídica que rige la materia,cuyo fin es limitar el retiro, traslado o desmejora en sus condiciones de trabajo sin justa causa.
SALARIO BÁSICO: Es la remuneración inicial asignada al cargo que ejerce el FUNCIONARIO del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, sin ningún otro concepto de característica salarial de los tipificados en la Ley Orgánica del Trabajo.
SALARIO NORMAL: Término referido a la remuneraciónpercibida por el FUNCIONARIO en forma regular y permanente, por el desempeño de sus funciones, sin que incluyan percepciones de carácter accidental o derivadas de la prestación de antigüedad, y las que la Ley y la CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO establezcan que no tienen carácter salarial, previsto en el parágrafo segundo del artículo 133 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 47 de la Leyde Servicio Exterior. Para la estimación del salario normal ninguno de los conceptos que lo integran producirá efectos sobre sí mismo.
SALARIO INTEGRAL: Es la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, que corresponda al FUNCIONARIO del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, por la prestaciónde sus servicio. No forman parte del salario integral las percepciones descritas en el artículo 71 de la Ley del Servicio Exterior. Para la estimación de determinado beneficio cuya base de cálculo sea el salario integral ninguno de los conceptos que lo integran producirá efectos sobre sí mismo.
ASIGNACIONES: Emolumentos y remuneraciones que percibe el FUNCIONARIO mientras se desempeña en elexterior, conforme a lo previsto en el literal c) del artículo 46 de la Ley de Servicio Exterior.
JUBILADOS Y PENSIONADOS: Esta expresión se refiere al FUNCIONARIO que egrese del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores en virtud de haber adquirido el beneficio de jubilación o pensión, una vez que haya cumplido con los requisitos exigidos por la ley que rige la materia.
BONO DEAUXILIO SOCIAL: Término referido a la bonificación que se cancelará con las mismas características y monto de la bonificación de fin de año y que sustituye al beneficio denominado “Bono de Alto Costo de Vida”.
PERMISO POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE DE FAMILIARES: EL MINISTERIO: conviene en otorgar permiso remunerado al FUNCIONARIO, en caso de enfermedad o accidente grave, previa comprobación por elpatrono, sufrido por los ascendientes, descendientes, cónyuge, o concubino o concubina. Dicho permiso podrá tener una duración de hasta cinco (5) días hábiles. Las causas que lo motiven, serán notificadas por el FUNCIONARIO por si o por persona autorizada dentro de los tres (3) días inmediatos de inasistencia al trabajo y estará obligado a consignar los justificativos correspondientes ante el...
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