lic. en derecho
GOBIERNO DEL ESTADO
DECRETO NUM. 488
Ciudadano Víctor M. Cervera Pacheco, Gobernador Constitucional Interino del Estado Libre y Soberano de Yucatán, a sus habitantes hago saber:
Que el "L" Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Yucatán, DECRETA:
LEY DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE YUCATAN.
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONESGENERALES
CAPITULO UNICO
ARTICULO 1.- La presente Ley es de observancia general para los Titulares y Trabajadores de las Dependencias de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como los Municipios pertenecientes al Estado de Yucatán y de las Instituciones que a continuación se enumeran: Instituto de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Yucatán, HospitalNeuropsiquiátrico, Hospital Psiquiátrico, Comisión Agraria Mixta, Escuela Normal Superior de Yucatán, Instituto de Desarollo Integral de la Familia, Junta de AGua Potable y Alcantarillado de Yucatán, Patronatos y Unidades de Servicios Culturales y Turísticos del Estado de Yucatán, Unidad Deportiva y Recreativa Kukulkán, Comisión Ordenadora del Uso del Suelo del Estado de Yucatán, Fondo de Apoyo a las ActividadesProductivas de Yucatán y las que por razón de contrato y convenios de Ley se consideran como empleados del Gobierno del Estado y Municipios de Yucatán.
ARTICULO 2.- Para efectos de esta Ley la relación Jurídica de trabajo se entiende establecida entre las Dependencias e Instituciones citadas y los trabajadores de base a su servicio. En los Poderes Legislativos y Judicial, los Presidentes,respectivamente, asumirán dicha relación.
ARTICULO 3.- Trabajador al Servicio del Estado es para los efectos de esta Ley, toda persona que preste en la administración Pública un servicio material, intelectual o de ambos géneros en virtud de nombramiento que le fuere expedido o por el hecho de figurar en las listas de raya de los trabajadores temporales.
ARTICULO 4.- Los trabajadores se dividen endos grupos: de confianza y de base.
ARTICULO 5.- Son trabajadores de confianza:
I.- Los que colaboran directamente con el Gobernador del Estado y aquéllos cuyo nombramiento o ejercicio requiera la aprobación expresa de dicho funcionario.
II.- En el Poder Ejecutivo, los de las dependencias y los de las Entidades comprendidas dentro del régimen de esta Ley que desempeñen funcionesque conforme a los catálogos a que alude el artículo 20, sean de:
a).- Dirección, como consecuencia del ejercicio de sus atribuciones legales, que de manera permanente y general le confieren la representatividad e implican poder de decisión en el ejercicio del mando a nivel directores generales, directores de área, adjuntos, subdirectores y jefes de departamento.
b).- Inspección,vigilancia y fiscalización: exclusivamente a nivel de las jefaturas, cuando estén consideradas en el presupuesto de la dependencia o entidad de que se trate, así como el personal técnico que en forma exclusiva y permanente esté desempeñando tales funciones ocupando puestos que a la fecha son de confianza.
c).- Manejo de fondos o valores, cuando se implique la facultad legal de disponer de éstos,determinando su aplicación o destino. El personal de apoyo queda excluído.
d).- Auditoría: a nivel de auditores y subauditores generales, así como personal técnico que en forma exclusiva y permanente desempeñe tales funciones, siempre que presupuestalmente dependa de las contralorías o de las áreas de auditoría.
e).- Control directo de adquisiciones: cuando tengan la representación de laDependencia o Entidad de que se trate, con facultades para tomar decisiones sobre las adquisiciones y compras, así como el personal encargado de apoyar con elementos técnicos estas decisiones y que ocupe puestos presupuestalmente considerados en estas áreas de las Dependencias y Entidades con tales características.
f).- En almacenes o inventarios, el responsable de autorizar el ingreso o salida de...
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