Licda
Ministerio de Educación Pública.
POLÍTICAS, NORMATIVA Y PROCEDIMIENTOS PARA EL ACCESO A LA EDUCACIÓN DE LOS ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
San José, Costa Rica, 1997
De las adecuaciones curriculares no significativas y de acceso:
Artículo 6: La determinación y aplicación de las adecuaciones curriculares no significativas será responsabilidad deleducador. El seguimiento de estas adecuaciones corresponde al Comité Técnico Asesor, como lo establece el Marco de Referencia y Directrices Técnicas para la Evaluación en el sistema de Educación Formal, artículo 28 inciso F."
Artículo 7: La determinación de las adecuaciones de acceso será responsabilidad del Comité de Apoyo de la Institución con la orientación de un especialista según sea el caso.Su aplicación es responsabilidad de los profesores encargados del estudiante.
Artículo 8: Ambos tipos de adecuaciones deberán quedar descritas en el expediente del alumno.
De las adecuaciones curriculares significativas.
Artículo 9: Si un estudiante requiere adecuaciones curriculares significativas, el o los docentes a su cargo, deberán hacerlas con la asesoría del Comité de Apoyo o delEquipo Itinerante y deberán contar con la aprobación de la Asesoría Regional o del Dpto. de Educación Especial, para su aplicación. Estas deberán quedar descritas en el expediente de cada alumno, e indicadas en el Informe al Hogar.
Artículo 10: Para la aprobación de adecuaciones curriculares significativas, debe realizarse el procedimiento siguiente:
* El maestro responsable del estudiante proponepor escrito, al Comité de Apoyo de la institución, las adecuaciones curriculares significativas, inmediatamente después de concluido el período de pruebas diagnósticas estipulado en el Marco de Referencias y Directrices Técnicas para la Evaluación en el Sistema de Educación Formal.
* El Comité analiza y discute la propuesta con el docente a cargo del alumno y emite su criterio en un plazo no mayorde 15 días hábiles.
* Si la propuesta procede, el Comité la envía a la Asesoría Regional o al Departamento de Educación Especial, para el trámite correspondiente. La resolución deberá ser emitida en un plazo no mayor a 20 días hábiles.
* Una vez recibida la aprobación de la propuesta, el o los docentes responsables del estudiante elabora la programación educativa individual, con ayuda delmaestro de apoyo o del Comité de Apoyo, si fuese necesario.
Artículo 11: Si la propuesta de adecuaciones curriculares significativas fuese denegada, la misma será presentada a la instancia inmediatamente superior para su revisión.
a) Si la propuesta fuese denegada por la Asesoría Regional de Educación Especial, el Comité de Apoyo de la institución puede apelar esta decisión ante el Departamento deEducación Especial del M.E.P en los próximos 8 días hábiles.
b) Si la propuesta presentada por el maestro al Comité de Apoyo fuese denegada por el mismo, podrá ser apelada por él o por los padres de familia, ante la Asesoría Regional de Educación Especial en los próximos 8 días hábiles.
c) La instancia de apelación recibe y analiza la solicitud de revisión e indica en un documento su criteriodebidamente fundamentado, en un plazo no mayor de 10 días hábiles.
Conceptos sobre adecuaciones.
Alumno con necesidades educativas especiales Es aquel estudiante que presenta condiciones de aprendizaje diferentes o dificultades en el aprendizaje mayores que el promedio de los alumnos, lo que de dificulta o impide acceder al currículo que le corresponde por su edad, de forma que requiere paracompensar dichas diferencias, adecuaciones en una o varias áreas del currículo.
Dificultades de Aprendizaje Se refiere a las dificultades que en mayor grado, presentan algunos alumnos para acceder a los aprendizajes comunes, en relación con sus compañeros de edad.
Este criterio debe basarse sobre todo, en que el propio profesorado, individual y colectivamente, haya puesto en marcha y agotado...
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