licenciada en educacion
Instituto Universitario Tecnológico Antonio José de Sucre
Extensión Puerto Ordaz
Cátedra: Seguridad Industrial I
Profesor: Bachiller:
Ing. Pasqual D. Deivis E. Pinto G.C.I: 20.805.543
Ciudad Guayana,Octubre 2011Comités de Seguridad y Salud Laboral
Los Comités de Seguridad y Salud Laboral (CSSL) son una organización de vital importancia en los diferentes lugares de trabajo. Éstos están constituidos por representantes del empleador y representantes de lostrabajadores. La unidad de equipo de estos representantes estará asesorada por un técnico en seguridad e higiene y son los encargados de participar en el diseño de un programa realmente adecuado al medio ambiente laboral donde funciona el Comité de Seguridad y Salud Laboral (CSSL). El Comité debe tener sus reuniones periódicas para evaluar y diseñar planes de acciones dando respuestas efectivas a losprocesos peligrosos que se desarrollan en la producción y que pueden poner en peligro la salud y la vida del trabajador y la trabajadora.
Como se conforma el comité de seguridad y salud laboral
El Comité estará conformado por los delegados o delegadas de prevención, de una parte y por el empleador o empleadora, o sus representantes en número igual al de los delegados o delegadas deprevención, de la otra.
El Comité de Seguridad y Salud Laboral debe registrarse y presentar informes periódicos de sus actividades ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
En las reuniones del Comité de Seguridad y Salud Laboral podrán participar, con voz pero sin voto, los delegados o delegadas sindicales y el personal adscrito al Servicio deSeguridad y Salud en el Trabajo. En las mismas condiciones podrán participar trabajadores o trabajadoras de la empresa que cuenten con una especial calificación o información respecto de concretas cuestiones que se debatan en este órgano y profesionales y asesores o asesoras en el área de la seguridad y salud en el trabajo, ajenos a la empresa, siempre que así lo solicite alguna de las representacionesen el comité.
El registro, constitución, funcionamiento, acreditación y certificación de los Comités de Seguridad y Salud Laboral se regulará mediante el Reglamento de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, todo en atención a lo establecido en el artículo 46 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio
Facultades del Comité deSeguridad y Salud Laboral
En el ejercicio de sus funciones, el Comité de Seguridad y Salud Laboral
Está facultado para:
Aprobar el proyecto de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa y la vigilancia de su cumplimiento para someterlo a la consideración del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad
Laborales.
Vigilar las condiciones de seguridad ysalud en el trabajo y conocer directamente la situación relativa a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales y la promoción de la seguridad y salud, así como la ejecución de los programas de la recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, y la existencia y condiciones de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, realizando a talefecto las visitas que estime oportunas.
. Supervisar los servicios de salud en el trabajo de la empresa, centro de trabajo o explotación.
Prestar asistencia y asesoramiento al empleador o empleadora y a los trabajadores y trabajadoras.
Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los...
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