Licenciada
La Ley sobre laCelebración de Tratados, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 1992, creó la figura de los “Acuerdos Interinstitucionales”, retomando lo que en la práctica internacionalsucedía con frecuencia entre los Estados. Entre otras cuestiones, la Ley concede atribuciones para firmar acuerdos interinstitucionales no sólo a las dependencias y organismos públicos descentralizados delgobierno federal, sino también a los estados de la federación y a los municipios del país.
En su artículo 7°, la Ley establece los requerimientos para que un gobierno local, sea del ordenestatal o municipal, pueda celebrar este tipo de instrumentos. Uno de ellos, se refiere a la obligación de remitir a la Secretaría de Relaciones Exteriores una copia del documento firmado, a fin deinscribirlo en el Registro de Acuerdos Interinstitucionales (R.A.I.)
En ese marco, la Dirección General de Coordinación Política (DGCP), con el apoyo de la Consultoría Jurídica de la Cancillería,diseñó esta sección en la que se incluye un listado actualizado de los acuerdos interinstitucionales formalizados por los estados y los municipios del país con órganos gubernamentales extranjeros yorganismos internacionales. El listado incluye el número absoluto de instrumentos que han sido inscritos al RAI, mediante petición formal de la autoridad local competente.
La organización de la...
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