LICENCIADO EN DERECHO
CEDRSSA
OPINIONES A DIVERSAS INICIATIVAS
DE LEY NACIONAL DE AGUAS
CEDRSSA/DESANR/NT/ xxx/08
DIRECCIÓN DE ESTUDIOS SOBRE SOBERANÍA ALIMENTARIA
Y NUEVA RURALIDAD
Palacio de San Lázaro, 6 de junio de 2008.
DIRECCIÓN DE ESTUDIOS SOBRE SOBERANÍA ALIMENTARIA Y NUEVA RURALIDAD
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Opinión sobre la Iniciativa de Ley con proyecto de decreto por la quese reforma el
artículo 82, adiciona el Capítulo IV BIS del Título Sexto y el Artículo 82 BIS todos
ellos de la Ley de Aguas Nacionales.
I.
De acuerdo con la exposición de motivos, la Ley de Aguas Nacionales vigente no
contempla el uso industrial en forma específica. Además, las personas físicas o
morales sólo requieren un permiso expedido por la autoridad del agua para descargar
losdeshechos industriales en los cuerpos de agua, es decir, el pago por el permiso es
como si se cobrara por contaminarla pero no hay disposición legal que obligue en
forma efectiva a limpiarla. El resultado es que el saneamiento y restauración de los
cuerpos de aguas contaminadas quedan sin control ni mecanismos que obliguen a las
autoridades a normar y regular esta agua, porque no hay un capituladoespecífico
para el uso industrial dentro de la Ley de Aguas vigente.
II. En efecto, de acuerdo con el Título Sexto denominado de la Ley de Aguas Nacionales,
denominado “Usos del Agua”, los usos legalmente reconocidos son:
Capitulo I: Uso Público Urbano;
Capitulo II: Uso Agrícola;
Capitulo III: Uso en Generación de Energía Eléctrica;
Capitulo IV: Uso en Otras Actividades Productivas.Capitulo V: Control de Avenidas y Protección Contra Inundaciones.
III. El Capítulo IV referente a “Otras Actividades Productivas”, contiene un párrafo en el
ARTÍCULO 82 que señala: “La explotación, uso o aprovechamiento de las aguas
nacionales en actividades industriales, de acuacultura, turismo y otras actividades
productivas, se podrá realizar por personas físicas o morales previa la concesiónrespectiva otorgada por "la Autoridad del Agua", en los términos de la presente Ley y
sus reglamentos”.
IV. De acuerdo con lo anterior, la iniciativa propone modificar el artículo, párrafo primero
para que quede de la siguiente manera:
Artículo 82. La explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales en
actividades de acuacultura, turismo y otras actividades productivas, se podrárealizar por
personas físicas o morales previa la concesión respectiva otorgada por "la Autoridad del
Agua", en los términos de la presente Ley y sus reglamentos”
V. De igual manera, propone adicionar un Capítulo IV BIS, al TITULO SEXTO que se
denominaría “Uso industrial y como consecuencia crear el artículo 82 BIS, que
quedaría como sigue:
Artículo 82 BIS. La explotación, uso o aprovechamientode las aguas nacionales en
actividades industriales, se podrá realizar por personas morales previa la concesión
respectiva otorgada por "la Autoridad del Agua", en los términos de la presente Ley y sus
reglamentos.
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I. El Ejecutivo Federal, a través de "la Comisión" por medio de los Organismos de Cuenca,promoverá la conservación y preservación del agua materia del presente Capítulo y
promoverá y apoyará la construcción de la infraestructura necesaria para el tratamiento
del agua para devolverla a los cuerpos de agua receptores y se considerará al respecto:
a). Las fuentes de abastecimiento, por cuenca hidrológica;
b). Los volúmenes de aguas del subsuelo extraídos y utilizados;
c). Volúmenes deagua tratados, en reuso y desechados.
d). Los parámetros aceptables para permitir las descargas de agua.
e). Actualización del censo de plantas de tratamiento de las industrias con título de
concesión.
f). La forma y términos en que se llevará el registro del padrón de usuarios, y
g). La forma y términos para realizar el pago por los permisos de descarga y los servicios
de tratamiento de...
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