Licenciado
R E G L A M E N T O DE C E M E N T E R I O
TITULO PRIMERO
Disposiciones generales
Artículo 1.- Las disposiciones de este capítulo tienen por objeto regular el control sanitario de los panteones, sin perjuicio de la intervención que sobre la materia en los casos de traslado,internación, re-inhumación, incineración y exhumación de restos áridos o cremación tenga el organismo Servicios de Salud de Veracruz del Gobierno del Estado, en los términos de la Ley General y Ley de Salud. El capítulo también tiene el propósito de regular el buen funcionamiento, mantenimiento y seguridad de los panteones localizados en el territorio del municipio, incluidas las congregaciones y tienenpor objeto.
I.- Promover el desarrollo adecuado de una cultura de prevención de la salud, con el objeto de alcanzar una mejor calidad de vida;
II.- Combatir la propagación de enfermedades transmisibles e infecciones de todo género;
III.- Controlar y vigilar las actividades y servicios que se relacionen con el control sanitario de la salubridad local, de acuerdo con loestablecido por el apartado B del artículo 3 de la Ley de Salud del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave;
IV.- Regular el establecimiento, funcionamiento, conservación y operación de los panteones municipales.
Artículo 2.- El Ayuntamiento de Gutierrez Zamora, Veracruz podrá prestar el servicio de cementerios mediante las siguientes modalidades, que podrán estarimplantadas total o parcialmente:
Servicios Básicos:
- Asignación de sepulturas, nichos, parcelas, columbarios, etc., mediante la expedición
del correspondiente Título de Derecho Funerario y su posterior registro.
- Inhumación de cadáveres.
- Exhumación de cadáveres.
- Traslado de cadáveres y restos cadavéricos.
- Reducción de restos.
-Movimiento de lápidas.
- Depósito de cadáveres
- Conservación y limpieza general de cementerios.
- Autorización de obras.
Artículo 3. Los panteones localizados en el territorio del municipio constituyen un servicio público y forman parte del patrimonio municipal, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica del Municipio.
Artículo 4. Los panteones municipalesexistentes y los que llegaran a existir en el territorio municipal, incluidas las congregaciones y demás centros de población del municipio, se regirán por las disposiciones del presente reglamento y contarán con los recursos y los apoyos administrativos que les asigne el Ayuntamiento.
TÍTULO SEGUNDO
De los Cementerios
Competencias
Artículo 5. La aplicación del presente reglamentocorresponde en la esfera de sus respectivas competencias:
I.- Al edil titular de la Comisión del Registro Civil, Panteones y Reclutamiento;
II.- Al director general de Salud; y,
III.- Al oficial encargado del Registro Civil.
Articulo 6- Es competencia del Ayuntamiento, previo convenio celebrado con el estado, ejercer lavigilancia y el control sanitario de los establecimientos y Panteones las actividades comerciales, industriales y de servicios que menciona este reglamento, con el objeto de prevenir riesgos y daños a la salud de la población del municipio.
La Dirección efectuará la vigilancia y la verificación de los establecimientos regulados por este reglamento; impondrá las sanciones y, en general,...
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