licenciatura en letras
Acreditación y Promoción – Borrador-
Resistencia,…………………………….
VISTO:
La Ley Nº 26.206 de Educacional Nacional, Ley de Educación Superior Nº 24.521, Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26. 058, Ley de Educación Provincial Nº 6691/10 y las Resoluciones del Consejo Federal de Educación referidas a losdistintos Niveles y Modalidades y Normativas Provinciales y
CONSIDERANDO:
Que en las mismas se determina la estructura del Sistema Educativo Provincial en cuatro Niveles, diez Modalidades, Regímenes Especiales y Servicios Educativos de gestión estatal, gestión privada, gestión cooperativa y gestión social en la Provincia del Chaco en concordanciacon las Resoluciones del Consejo Federal de Educación;
Que el logro de las capacidades desarrolladas mediante el Proceso de Enseñanza y Aprendizaje a través de los espacios de los diferentes niveles, campos del conocimiento y modalidades, posibilitará la promoción del estudiante de un ciclo a otro y de un nivel a otro, en virtud del reconocimiento de lasparticularidades del sujeto-contexto y dentro del marco de los NAP y Diseños Curriculares Provinciales aprobados;
Que es necesario atender la diversidad, contemplando la singularidad de cada alumno y atendiendo el proceso de inclusión e integración escolar;
Que el docente da cuenta de su hacer en el aula; en el proceso deconstrucción continua de capacidades;
Que en el proceso se reconoce al estudiante y su familia, el derecho de saber con anticipación para qué, qué, cómo y cuándo se va a evaluar;
Que la evaluación como un proceso de investigación es inherente a los procesos de enseñanza – aprendizaje, constituye una construcción continua ycompleja de los juicios de valor acerca de situaciones pedagógicas y de resultados didácticos producidos;
Que la calificación tiene la función de certificar ciertos saberes relacionados con resultados concretos respecto de las capacidades desarrolladas;
Que la promoción es la toma de decisiones acerca del pasaje de losestudiantes de un ciclo y/o nivel y posibilita el avance de las trayectorias formativas de los estudiantes en las propuestas de formación;
Que la aplicación de la estructura educativa torna necesaria la elaboración de una norma que establezca un Régimen de Evaluación, Calificación, Acreditación y Promoción;Que, en razón de las profundas innovaciones de carácter gradual y progresivo de la transformación educativa que ha adoptado la provincia por Ley N° 6.691 , este régimen regirá para todas las Unidades Educativas de todos los niveles y modalidades, de gestión pública o privada, de gestión social o cooperativa del Sistema Educativo Provincial;Que la estructura de los Lineamientos Curriculares contempla un nuevo enfoque de la evaluación para la Formación Integral de las personas en todos los ciclos, niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial;
Que es deber del Estado garantizar el derecho de toda persona a la igualdad de oportunidades educativas sin discriminación;EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: APROBAR el Régimen de Evaluación, Calificación, Acreditación
y Promoción que obra como Anexos I, II, III, IV, V y VI de la presente.
ARTÍCULO 2°: DETERMINAR que el Régimen aprobado por el Artículo 1° de la
presente regirá para las todas las...
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