Licitacion publica
La licitación no es un contrato o el contrato, ni tampoco un acto, sino "un conjunto de actos"; en suma, "un procedimiento administrativo" relacionadocon la formación del vinculo jurídico, con la forma de celebrar los contratos.
Como todo procedimiento administrativo, lo integran una serie de actos interligados, conexos y destinados a producir unúnico resultado, la elección del co-contratante; pero sus sucesivas fases son autónomas, anteceden al acto jurídico final.
Ámbito de aplicación. Contratos susceptibles de formarse por licitación.No se exige la licitación pública para una clase determinada de contratos, ni la licitación privada o la contratación directa, etc., para tal otro grupo o tipo de contrato, sino que el ordenamientojurídico exige determinados procedimientos para ciertos contratos; y si, por ejemplo, en la obra publica se utiliza el procedimiento licitatorio, en el empleo publico, el concurso y en la venta debienes, el remate publico.
El procedimiento de la licitación publica se utiliza perfectamente en los contratos de obra publica, concesión de obra publica y suministro y con menor frecuencia o masexcepcionalmente, en la concesión de servicios públicos, pues en este contrato no siempre resulta adecuado el procedimiento dado el papel fundamental que desempeña la persona del concesionario.Contratos en que se omite el procedimiento de la licitación pública. Consecuencias jurídicas.
Un contrato de la Administración llevado a cabo sin licitación, cuando esta es requerida de modo obligatorioo imperativo, es un contrato nulo por vicio de forma.
Las formalidades o requisitos que se han de observarse para dictar cualquier acto de la Administración, puede ser anteriores, o posteriores almismo. La licitación es precisamente una formalidad anterior o previa a los contratos del estado.
Las trasgresión u omisión completa o parcial de una de esas formalidades, a las que el contrato...
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