Linea jurisprudencial sobre la seguridad social en colombia como derecho fundamental y la conexidad

Páginas: 20 (4751 palabras) Publicado: 30 de abril de 2011
INTRODUCCIÓN

El artículo 1º de la Constitución Política de Colombia de 1991 señala que “Colombia es un Estado social de derecho. De lo anterior se deriva una especial preocupación del constituyente por dar un piso fuerte a la Carta de derechos incorporada en la Constitución sin distinguir, en principio, entre los derechos civiles, políticos, sociales, colectivos o del ambiente. Estos derechos,reconocidos a nivel internacional, aparecen en el constitucionalismo colombiano, en su gran mayoría, sólo a partir de la promulgación de la Constitución de 1991 dentro de la cual fueron consignados en los Títulos I y II y especialmente en el capítulo 2 del Título II.1

Actualmente, la Constitución de 1991 relaciona dentro de su Título II, “De los derechos, las garantía y sus deberes”, tanto elconjunto de los derechos fundamentales (capítulo 1), como los derechos económicos, sociales y culturales, y los derechos colectivos y del ambiente (capítulos 2 y 3 respectivamente).

Nuestra investigación se encamina al conocimiento de todas las normatividades que abarcan en el contexto jurisdiccional SOBRE LA SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA COMO DERECHO FUNDAMENTAL Y LA CONEXIDAD.

1. MARCOREFERENCIAL

1.1 LA NATURALEZA JURÍDICA DE LOS DESC EN LA CONSTITUCIÓN

Adicionalmente, y aunque en su gran mayoría los derechos sociales se encuentren relacionados este Titulo II, otros más se encuentran disgregados a lo largo del texto de la Constitución de 1991. Una lectura completa de la Carta permite obtener un conjunto bastante amplio de derechos económicos, sociales y culturales –DESC- queincluye los siguientes: Derechos prestacionales propiamente dichos, como pueden ser el derecho a la seguridad social (artículo 48), con especial énfasis en el derecho a la seguridad social y al subsidio alimentario de las personas en estado de indigencias (artículo 46, segundo inciso); el derecho a los servicios de promoción, protección y recuperación de salud (artículo 49); el derecho a unavivienda digna (artículo 51); a la recreación y al deporte (artículo 52); o el derecho a la Educación (artículo 67 y artículo 45 en lo relativo a la protección, educación y progreso de la juventud).

Y es en esta línea interpretativa en la que la Corte ha elaborado una interesante doctrina en relación con la protección del derecho a la salud mediante la acción de tutela dando lugar a unajurisprudencia bastante “singular o particular” ya que resulta por lo menos inusual que un Tribunal Constitucional asuma la protección directa de derechos sociales de prestación. Y más inusual aún resulta el hecho de que sea una acción como la acción de tutela la que se utilice para proteger derechos sociales de prestación que, como el derecho a la salud, se encuentran por fuera de la lista de derechosfundamentales.

En tanto tales, estos derechos antes que derechos subjetivos son mandatos para los poderes públicos . Dentro de la corriente más “garantista”, por su parte, encontramos posturas como la de Arango para quien los derechos sociales consagrados constitucionalmente son “derechos” propiamente dichos y de carácter fundamental, por lo cual merecen una protección jurisdiccional directa.

Alrespecto señala que “la garantía constitucional de derechos sociales fundamentales en el ámbito nacional aparece como el sistema más óptimo para la protección de los derechos humanos sociales.”Lo derechos se convierten así [continúa], en la piedra angular del orden institucional.” La razón de ser de tales derechos está en el hecho de que su mínima satisfacción es una condición indispensable parael goce de los derechos civiles y políticos. Sin la efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales, los derechos civiles y políticos son una mascarada. Y a la inversa, sin la efectividad de los derechos civiles y políticos, los derechos económicos, sociales y culturales son insignificantes.”

Ahora bien, a partir de estos primeros pronunciamientos la Corte Constitucional ha...
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