LIQUIDACIÓN DE UNA SOCIEDAD DE HECHO
Las sociedades de hecho, como cualquier otra sociedad comercial se pueden disolver y liquidar.
Recordemos que una sociedad de hecho es una sociedad que no se haconstituido conforme a la ley, es decir, que no se constituyó mediante escritura pública cuando fuere el caso, o mediante documento privado inscrito en elregistro mercantil, cuando exista esaposibilidad.
Luego, una sociedad de hecho por no estar formalizada de acuerdo a la ley, no constituye una persona jurídica, aspecto muy importante a tener en cuenta.
En el caso de las sociedades de hecho, laley no contempló un procedimiento especial para su liquidación, por lo tanto, se debe recurrir a lo contemplado en los artículos 218 y siguientes del código de comercio, según lo contempla elartículo 506 del código de comercio:
Aplicación de normas para la liquidación. La liquidación de la sociedad de hecho podrá hacerse por todos los asociados, dando aplicación en lo pertinente a los principiosdel Capítulo IX, Título I de este Libro. Asimismo podrán nombrar liquidador, y en tal caso, se presumirá que es mandatario de todos y cada uno de ellos, con facultades de representación.
Así lascosas, para liquidar una sociedad de hecho es preciso recurrir a las normas pertinentes que le resulten aplicables en el capítulo que trata de la disolución de las sociedades comerciales.
Sobre elrespecto, ha dicho la Superintendencia de sociedades:
(…)
Por lo expresado, en opinión de este Despacho, el procedimiento liquidatorio deberá ajustarse al previsto para las sociedades comerciales en losartículos 225 y siguientes del Código de Comercio, trámite en el que efectuado el pago del pasivo externo conforme al inventario del patrimonio social elaborado en los términos del artículo 234 ibídem,podrá distribuirse entre los socios el remanente de los activos sociales conforme a lo pactado en el contrato social o a lo que ellos acuerden [220-047988 del 01 de Septiembre de 2006].
(…)
Vale...
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