Liquidación Por Homologación Prestaciones Sociales
Doctor:
PEDRO F. OLIVELLA SOLANO
Juez Sexto Administrativo del circuito de Valledupar
REFERENCIA
Acción: Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Demandante: ADALBERTO JOSE ROMERO PACHECO
Demandado: Departamento Del CesarRadicación No. 20-001-33-31-006-2011-00083-00
INFORME PERICIAL
Se dirige al señor juez, MARTHA CECILIA CALA BRUGÉS, mayor de edad, identificada con la C.C. 42.490.624 expedida en Valledupar ( Cesar), actuando como perito, en cumplimiento de la designación hecha por su despacho, mediante auto del 18 de mayo de 2011, he desarrollado la liquidación del retroactivogenerado dentro del trámite de la revisión al proceso de nivelación salarial, del cual fue objeto el señor ADALBERTO JOSÉ ROMERO PACHECO, como funcionario administrativo de la Secretaría de Educación del Departamento del Cesar.
Procedimiento
Se procedió a examinar el expediente y la petición expresa hecha a este perito, según los parámetros indicados en la demanda (fl. 7).
De determinó enprimera instancia las fechas de corte con base en el análisis realizado a las liquidaciones que efectuó la Gobernación del Cesar y tomando en cuenta la respuesta dada a un derecho de petición que le formulara el doctor FABIO GUERRERO MONTES al DEPARTAENTO DEL CESAR, en donde certifican los costos del estudio técnico autorizados por el Ministerio de Educación Nacional en razón al proceso deHomologación y nivelación de los funcionarios administrativos, adscritos al Departamento del Cesar, observándose que dentro de este proceso se efectuaron dos liquidaciones, asi:
• La primera con corte 31‐Dic‐06 y
• La segunda con corte 31 de julio de 2009
ASPECTOS TENIDOS EN CUANTA PARA LA REALIZACION DE LOS CALCULOS
De conformidad con lo contemplado en el Régimen Salarial queaplica para los empleados Públicos del nivel territorial, se aplicaron los siguientes factores salariales:
VALOR DEVENGADO ANUAL
Este valor comprende los siguientes factores:
• . Valor Devengado al año por sueldos.
• . Prima Técnica.
• . Subsidio de alimentación.
• Auxilio de transporte.
• Bonificación por servicios prestados.
• Prima de servicios.• Prima de vacaciones.
• Prima de navidad.
• . Bonificación especial recreación
Los cálculos se realizaron de la siguiente manera:
• VALOR DEVENGADO AL AÑO POR SUELDOS.
Se considera el sueldo mensual antes y después de la homologación, tomados de la información que suministra la Gobernación del Cesar, observando las directrices planteadas por el Ministerio deEducación Nacional.
Con estos datos se determina la fecha de ingreso del empleado, los días laborados en el año de su vinculación laboral. Se tiene en cuenta el año de 360 días y los meses de 30 días.
Se procede a determinar el valor de los sueldos anual y se obtiene la diferencia.
• PRIMA TECNICA.
Se le reconoce en cada año un porcentaje de un 50% de la asignación básica mensual.
Una vezobtenido el valor correspondiente, se determina la diferencia con relación a los factores salariales contemplados antes y después de la homologación.
El cálculo se efectuó de la siguiente forma:
PRIMA TECNICA = Salario básico x % (50%)
Conviene aclarar, que en las disposiciones legales, esta prima no se encuentra estipulada como un derecho para los empleados públicos territoriales.Los decretos Nos. 1919 de 2002, 1040 y 1048 de 1998, no contemplan este factor.
Para los empleados administrativos de las instituciones educativas, esta supeditada a la evaluación del desempeño y al estudiar la ley 909 de 2004 y su decreto reglamentario 1227 de 2005, no especifican este reconocimiento, o sea que el pago se hace por evaluación del desempeño laboral excelente, y al no...
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