Liquidacion De Prestaciones Sociales
la liquidación de las prestaciones sociales es aquella indemnización que debe cancelarse a un trabajador como compensación por sus años de servicio al términode la relación laboral, esta compensación es en realidad la acumulación a través del tiempo de ciertos beneficios económicos establecidos en la ley tales como la antigüedad, las vacaciones, los bonosy el preaviso.
Cuando el patrono decide dar por terminada una relación laboral por tiempo indeterminado (aquellos privados de estabilidad laboral), la LOT establece que puede ser a) Justificado,cuando el trabajador ha incurrido en una causa prevista por la Ley, por ejemplo por abandono del trabajo; y b) Injustificado, cuando se realiza sin que el trabajador haya incurrido en causa que lojustifique, por ejemplo por despido indirecto o reducción del salario. Para detalles sobre los causales de despido lea sobre la terminación de la relación laboral por despido.
Lo primero que debemosestablecer es que según el artículo 112 de la LOT, aquellos trabajadores permanentes que "no sean de dirección y que tengan más de tres (3) meses al servicio de un patrono, no podrán ser despedidos sinjusta causa". Y según el parágrafo único: Los trabajadores contratados por tiempo determinado o para una obra determinada gozarán de esta protección mientras no haya vencido el término o concluido latotalidad o parte de la obra que constituya su obligación. Este privilegio no se aplicará a los trabajadores temporeros, eventuales, ocasionales y domésticos.
LEVANTAMIENTO DE INFORMACIÓNPROCEDIMIENTO:
LIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES
(Para el personal administrativo, docente de planta, ocasionales, educadores de
Enseñanza básica y media y trabajadores oficiales)
Página 1 de 5
PROCESO:COMPENSACIÓN CÓDIGO: 04 SUBPROCESO: NÓMINA
1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCEDIMIENTO
OBJETIVO: Reconocer y pagar oportunamente las liquidaciones de prestaciones sociales, a que tiene derecho el...
Regístrate para leer el documento completo.