Lista de chequeos
APRUEBA REGLAMENTO PARA LA CALIFICACION Y EVALUACION DE LOS ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY 16.744, DE 1º DE FEBRERO DE 1968 , QUE ESTABLECIÓ EL SEGURO SOCIAL CONTRA LOS RIESGOS POR ESTOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES. |
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Publicado el 7 de Junio de 1968 |
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Santiago, 10 de Mayo de 1968.- Hoy sedecretó lo siguiente: |
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Número 109.- Vistos: lo dispuesto por la Ley Nº 16.744; lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social en Oficio Nº 1.097, de 25 de Abril del año en curso y la facultad que me otorga el Nº2 del artículo 72 de la Constitución Política del Estado. |
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DECRETO |
Apruébase el siguiente Reglamento para la calificación y evaluación de los Accidentes del Trabajoy Enfermedades Profesionales: |
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Artículo 1º |
Las prestaciones económicas establecidas en la Ley Nº16.744 tienen por objeto reemplazar las rentas de actividad del accidentado o enfermo profesional. Por consiguiente, existirá continuidad de ingresos entre remuneraciones y subsidio o pensión, o entre subsidio y pensión.
El derecho a las prestaciones económicas del seguro se adquirirá avirtud del diagnóstico médico correspondiente. |
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Artículo 2º |
Se considerará incapacidad temporal toda aquella provocada por accidente del trabajo o enfermedad profesional, de naturaleza o efectos transitorios, que permita la recuperación del trabajador y su reintegro a sus labores habituales.
No será necesario graduar la incapacidad temporal; y en tanto ella subsista, el trabajadorsólo tendrá derecho a las prestaciones médicas y a subsidio, con arreglo al párrafo III del Título V de la Ley Nº16.744. |
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Artículo 3º |
Se considerará invalidez el estado derivado de un accidente del trabajo o enfermedad profesional que produzca una incapacidad presumiblemente de naturaleza irreversible, aún cuando deje en el trabajador una capacidad residual de trabajo que le permitacontinuar en actividad.
La invalidez deberá ser graduada en todo caso, en conformidad a las normas establecidas en el presente reglamento, y en tanto represente una incapacidad de ganancia igual o superior a un 15% dará derecho a indemnización global o a pensión, según el caso, sin perjuicio de las prestaciones médicas y subsidios que correspondan. |
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Artículo 4º |
La declaración, evaluación,reevaluación y revisión de las invalideces será de la competencia de las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), excepto si se trata de incapacidades permanentes derivadas de accidentes del trabajo de afiliados a Mutualidades de Empleadores, en cuyo caso la competencia corresponderá a estas instituciones.
Para proceder a realizar dichas acciones, en caso de accidentes de trabajo,las respectivas COMPIN citarán al Instituto de Normalización Previsional y/o a la empresa con administración delegada si correspondiere y, en caso de enfermedades profesionales, citarán a todos los organismos administradores a los que haya estado afiliado el enfermo a contar del 1° de Mayo de 1968. |
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Artículo 5º |
La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la cual dependa larespectiva COMPIN deberá comunicar, a más tardar dentro de quinto día, a la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y a la Superintendencia de Seguridad Social, la composición de aquélla, como asimismo las modificaciones que le introduzca.? |
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Artículo 6º |
Derogado |
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Artículo 7º |
Derogado |
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Artículo 8º |
Derogado |
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Artículo9º |
Derogado |
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Artículo 10º |
Derogado |
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Artículo 11º |
Derogado |
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Artículo 12º |
Derogado |
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Artículo 13º |
Derogado |
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Artículo 14º |
Derogado |
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Artículo 15º |
Derogado |
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Artículo 16º |
Para que una enfermedad se considere profesional es indispensable que haya tenido su origen en los trabajos que entrañan el riesgo...
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