liturgia
CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO
DECRETO
Los Ritos de las Ordenaciones por los cuales se instituyen en la Iglesia los ministros de Cristo y dispensadores de los misterios de Dios, revisados según las normas del Concilio Vaticano II (cf. SC 76), fueron promulgados el año 1968 en la primera edición típica con el título De la Ordenación del Diácono, Presbítero y Obispo.
Ahorabien, teniendo en cuenta la experiencia adquirida en el ordenamiento litúrgico, ha parecido oportuno preparar otra edición típica que, manteniendo la índole de la anterior, presenta las siguientes particularidades:
1. A esta edición se agregan unas Prenotanda al modo de los restantes libros litúrgicos con el fin de exponer la doctrina sobre el sacramento y de que aparezca más claramente laestructura de la celebración.
2. Se ha cambiado la disposición del libro: se pone al principio la ordenación episcopal, que confiere la plenitud del orden sagrado, para que así quede más claro que los presbíteros son colaboradores del Obispo y que los diáconos se ordenan para su ministerio.
3. En la Plegaria de ordenación, tanto del presbítero como del diácono, conservando las mismas palabrasque afectan a la naturaleza del acto y que por tanto se exigen para la validez del mismo, se han cambiado algunas expresiones y añadido citas del Nuevo Testamento, con el fin de que la Plegaria misma presente a los elegidos y a los fieles una noción más rica del presbiterado y diaconado en cuanto derivados de Cristo Sacerdote.
4. Los que se han de ordenar presbíteros, son interrogados de unamanera más explícita, acerca del ejercicio del ministerio de la reconciliación y de la celebración eucarística.
5. El rito por el que se comprometen a abrazar el sagrado celibato, preparado por la Sagrada Congregación para el Culto Divino, según las normas dadas por el Papa Pablo VI en la Carta Apostólica Ad pascendum de 1972, se incluye ahora en la ordenación diaconal.
Por especial mandato delSumo Pontífice Juan Pablo II, se ha cambiado la disciplina en el sentido de que también los candidatos que emitieron votos perpetuos en un instituto religioso están obligados en lo sucesivo a abrazar el celibato con un compromiso íntimamente unido por derecho a la ordenación, con lo que queda derogado lo prescripto en el c. 1037 del CIC.
6. Además, los miembros de los Institutos de vidaconsagrada que han de ordenarse diáconos o presbíteros, en lo sucesivo han de ser interrogados también acerca de la reverencia y obediencia al Obispo diocesano para que así resplandezca la unidad de todos los clérigos en la respectiva Iglesia.
7. A modo de Apéndice, se añade el Rito para la admisión de los candidatos al diaconado y presbiterado con unas pocas variantes.
El Sumo Pontífice JuanPablo II aprobó con su autoridad la nueva edición del Pontifical Romano De la ordenación del Obispo, de los Presbíteros y de los Diáconos, y la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos la promulga ahora y la declara edición típica.
Las Conferencias de Obispos tomarán a su cargo llevar a la práctica los textos, normas y ritos, y aplicarlas en las traducciones a las lenguasvernáculas.
Estos mismos ritos y textos redactados en latín, han de ser empleados inmediatamente después de su aparición. Las traducciones con las adaptaciones aprobados por las Conferencias de Obispos y revisadas por la Sede Apostólica, entrarán en vigencia el día que cada Conferencia establezca.
Sin que obste nada en contra.
Dada la presente por la Congregación del Culto Divino y laDisciplina de los Sacramentos, el 29 de Junio de 1989, en la solemnidad de los santos Apóstoles Pedro y Pablo.
Eduardo Card. Martínez
Prefecto
X Ludovico Kada
Arzobispo titular de Thibiceo
Secretario
SAGRADA CONGREGACIÓN DE RITOS
Prot. n. R. 19/967
DECRETO
Por la Constitución apostólica «Pontificalis Romani recognitio»...
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