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Páginas: 422 (105434 palabras)
Publicado: 31 de agosto de 2014
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MINISTERIO
DE INDUSTRIA, ENERGÍA
Y TURISMO
“MANUAL DE
REFORMAS DE
VEHÍCULOS
Revisión 2ª. Marzo de 2014
MINISTERIO DE INDUSTRIA
ENERGIA Y TURISMO
MANUAL DE REFORMAS DE VEHÍCULOS
PREÁMBULO
La Directiva 2007/46/CE del Parlamento europeo y del Con sejo, de 5 de septi embre de 2007,
por la que se crea un marco para la homologación de losvehículos de moto r y sus remolques,
sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos fue
transpuesta al derecho interno español a través de la Orden ITC/1620/2008, de 5 de junio, por
la que se actualizan los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 junio, sobre las normas
para la aplicación de determinadas directivas de la CE, relativas a lahomologación de tipo de
vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehícul os
agrícolas, así como de partes y piezas de dicho s vehículos. La citada directiva entró en vigor el
29 de abril de 2009.
El Real Decreto 736/1988 , de 8 de julio, por el que se regula la tramitación de reform as de
importancia de vehículos de carretera y se modifica el artículo 252 delCódigo de la Circulación
permitía las reformas de los vehículos antes de su matriculación mientras que la Directiva
2007/46/CE no contempla esta posibilidad.
El nuevo Re al Decreto 866/2010, de 2 de julio, p or el qu e se regula la tramitació n de las
reformas de vehículos, tiene como objeto unificar criterios de la legislación española en la
materia y la emitida por la Unión Europea. Este realdecreto mantiene la coherencia entre la
normativa europea de ho mologación de vehículo s y la nacion al sobre las reformas de los
mismos; su aplicación permitirá mantener las condiciones de seguridad activa y pasiva de los
vehículos y su co mportamiento en lo que se refi ere a la pro tección al medio ambie nte.
Asimismo establece la d ocumentación que se debe presentar ante lo s órganos de laAdministración competente en materia de Inspección técnica de vehículos, la tramitación y los
requisitos específicos exigibles serán los contenidos en este Manual de Reformas de vehículos.
Este manual ha sido el aborado por el Ministeri o de Indust ria, Turismo y Comercio en
colaboración con los órganos competentes en materia de ITV de las Comunidades Autónomas.
Este documento estarádisponible, en su última actualización, en la página web del Ministerio
de Industria, Turismo y Comercio.
El Real De creto 866/2010, de 2 de julio, en su
Reformas de Vehículos de este modo:
artículo 3, punt o 20, define el Manual de
“Documento elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en colaboración con
los órganos competentes en materia de ITV de las Comunidades Autónomas,que establece las
descripciones de las reformas tipificadas, su codificación y la documentación precisa para su
tramitación. Este Manual estará disponible para consulta de los solicitantes de una reforma en
todas las Estaciones de ITV. El Manual será actualizado cuando se modifique la tipificación de
las reformas o los criterios reglamentarios en materia de vehículos, tanto de carácter nacionalcomo de la Unión Europea.”
La aplicación de la Disposición Transitoria quinta debe entenderse como que si el usuario
puede acreditar que la reforma es anterior al 14 de enero de 2011, la diligencia se podrá
realizar en el plazo máximo de seis meses o en la próxima inspección técnica reglamentaria
que le corresponda al vehículo.
Se debe entender que una modificación, sustitución, actuación,incorporación o supresión
efectuada en un vehículo y que no cambie las características por las que un vehículo puede ser
definido, o que no afecta a ninguno de los actos reglamentarios aplicables ni a las
prescripciones contenidas en las Directivas 2002/24/CE, 2003/37/CE y 2007/46/CE, marcos, no
debe ser considerada como reforma del vehículo.
Esta Segunda Revisión del Manual de Reformas de...
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