Loco
Ley de La Constitución de La República Bolivariana de Venezuela
Artículo 112. °
Todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin máslimitaciones que las previstas en esta Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente u otras de interés social. El Estadopromoverá la iniciativa privada, garantizando la creación y justa distribución de la riqueza, así como la producción de bienes y servicios que satisfagan las necesidades de la población, la libertadde trabajo, empresa, comercio, industria, sin perjuicio de su facultad para dictar medidas para planificar, racionalizar y regular la economía e impulsar el desarrollo integral del país.“Indica que toda persona, empresa o micro empresa esta en la libertad de trabajar en la actividad económica de preferencia, y el Estado promoverá la iniciativa y justa distribución de sus riquezas y asíimpulsar el desarrollo integral del país”
Artículo 300.
La ley nacional establecerá las condiciones para la creación de entidades funcionalmente descentralizadas para la realización de actividadessociales o empresariales, con el objeto de asegurar la razonable productividad económica y social de los recursos públicos que en ellas se inviertan.
“Esta ley establece la creación de entidadesdescentralizadas para la realización de actividades, tanto como sociales y economicas con el objetivo de asegurar una razonable producción”
Artículo 306. °
El Estado promoverá las condiciones para eldesarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina un nivel adecuado de bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional. Igualmentefomentará la actividad agrícola y el uso óptimo de la tierra mediante la dotación de las obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica.
“El Estado...
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