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TÉCNICO RTCA 67.01.33:06
CENTROAMERICANO
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INDUSTRIA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS PROCESADOS.
BUENAS PRÁCTICAS DE MANUFACTURA.
PRINCIPIOS GENERALES.
CORRESPONDENCIA: Este reglamento técnico es una adaptación de CAC/RCP-1-1969. rev. 4-2003. CódigoInternacional Recomendado de Prácticas de Principios Generales de Higiene de los Alimentos.
ICS 67.020 NTON 03 069 – 06/RTCA 67.01.33:06
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Reglamento Técnico Centroamericano, editado por:
Ministerio de Economía y Comercio, MINECO
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, CONACYT
Ministerio de Fomento,Industria y Comercio, MIFIC
Secretaría de Industria y Comercio, SIC
Ministerio de Economía, Industria y Comercio, MEIC
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INFORME
Los respectivos Comités Técnicos de Normalización o Reglamentación Técnica a través de los Entes de Normalización o Reglamentación Técnica de los países centroamericanos y sus sucesores,son los organismos encargados de realizar el estudio o la adopción de Reglamentos Técnicos. Están conformados por representantes de los sectores Académico, Consumidor, Empresa Privada y Gobierno.
Este documento fue aprobado como Reglamento Técnico Centroamericano, NTON 03 069 – 06/RTCA 67.01.33:06, Industria de Alimentos y Bebidas Procesados. Buenas Prácticas de Manufactura. PrincipiosGenerales, por el Subgrupo de Alimentos y Bebidas y Subgrupo de Medidas de Normalización. La oficialización de este reglamento técnico, conlleva la ratificación por el Consejo de Ministros de Integración Económica Centroamericana (COMIECO).
MIEMBROS PARTICIPANTES
Por Guatemala
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
Por El Salvador
Ministerio de Salud Pública y AsistenciaSocial
Por Nicaragua
Ministerio de Salud
Por Honduras
Ministerio de Salud
Por Costa Rica
Ministerio de Salud
1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente Reglamento tiene como objetivo establecer las disposiciones generales sobre prácticas de higiene y de operación durante la industrialización de los productos alimenticios, a fin de garantizar alimentos inocuos y de calidad.Estas disposiciones serán aplicadas a toda aquélla industria de alimentos que opere y que distribuya sus productos en el territorio de los países centroamericanos. Se excluyen del cumplimiento de este Reglamento las operaciones dedicadas al cultivo de frutas y hortalizas, crianza y matanza de animales, almacenamiento de alimentos fuera de la fábrica, los servicios de la alimentación al público ylos expendios, los cuales se regirán por otras disposiciones sanitarias.
2. DOCUMENTOS A CONSULTAR
Para la interpretación de este Reglamento no se requiere de ningún otro documento.
3. DEFINICIONES
Para fines de este reglamento se contemplan las siguientes definiciones:
3.1 Adecuado: se entiende suficiente para alcanzar el fin que se persigue.
3.2 Alimento: es toda sustanciaprocesada, semiprocesada o no procesada, que se destina para la ingesta humana, incluidas las bebidas, el chicle y cualesquiera otras sustancias que se utilicen en la elaboración, preparación o tratamiento del mismo, pero no incluye los cosméticos, el tabaco ni los productos que se utilizan como medicamentos.
3.3 Buenas prácticas de manufactura: condiciones de infraestructura y procedimientosestablecidos para todos los procesos de producción y control de alimentos, bebidas y productos afines, con el objeto de garantizar la calidad e inocuidad de dichos productos según normas aceptadas internacionalmente.
3.4 Croquis: esquema con distribución de los ambientes del establecimiento, elaborado por el interesado sin que necesariamente intervenga un profesional colegiado. Debe incluir los...
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