Lopcymat 41 42 43
De la Acreditación
Artículo 41. Acreditación de empresas, instituciones y profesionales
Las empresas, establecimientos, instituciones y profesionales que desarrollen
actividadesde asesoría, capacitación y servicios en el área de seguridad y salud
en el trabajo deberán solicitar su acreditación ante el Instituto Nacional de
Prevención, Salud y Seguridad Laborales, so pena deincurrir en las infracciones
previstas en el artículo 121 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y
Medio Ambiente de Trabajo.
La acreditación tendrá una vigencia de un (1) año renovable ydará derecho a un
Certificado Público de Acreditación emitido por el Instituto. El procedimiento de
acreditación se rige por lo previsto en la Ley, los reglamentos y las normas
técnicas que sedicten al efecto.
22
Artículo 42. Requisitos a cumplir por las empresas e instituciones para su
acreditación
Las empresas, establecimientos, e instituciones que desarrollen actividades de
asesoría,capacitación y servicios en el área de seguridad y salud en el trabajo
deben cumplir con los siguientes requisitos para su acreditación:
1. Cancelar la tasa por concepto de acreditación.
2. Estarinscrita en el Registro Nacional de Empresas, Establecimientos,
Instituciones y Profesionales en el Área de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
3. Presentar la solicitud en formato elaborado al efectopor el Instituto
Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
4. Disponer de personal especializado para realizar las actividades.
5. Poseer instrumentos, equipos y medios para realizar susactividades, de
acuerdo a las normas técnicas que se dicten al efecto.
6. Cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad y salud
en el trabajo.
7. Presentar informe en el cual conste:a. Actividades a desarrollar en materia de seguridad y salud en el trabajo.
b. Organigrama funcional, con especificación de los cometidos.
c. Memoria descriptiva de las actividades y procesos...
Regístrate para leer el documento completo.