Los 3
Para que los funcionarios públicos realicen trabajos extraordinarios que no puedan calificarse como horasextras, se requerirá la aprobación previa de la Contraloría General de la República. La falta de aprobación impedirá el pago o la remuneración.
Igualmente, ningún funcionario público, durante eldisfrute de un permiso sin goce de salario, podrá desempeñarse como asesor ni como consultor de órganos, instituciones o entidades, nacionales o extranjeras, que se vinculan directamente, por relaciónjerárquica, por desconcentración o por convenio aprobado al efecto, con el órgano o la entidad para el cual ejerce su cargo.
Asimismo, quienes desempeñen un cargo dentro de la función pública, nopodrán devengar dieta alguna como miembros de juntas directivas o de otros órganos colegiados pertenecientes a órganos, entes y empresas de la Administración Pública, salvo si no existe superposiciónhoraria entre la jornada laboral y las sesiones de tales órganos.
(Así reformado por el inciso a) del artículo 1° de la Ley 8445 del 10 de mayo del 2005).
Quienes, sin ser funcionarios públicos...
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