LOS CONDOMINIOS
ARTICULO 100.-
Definición de condominio. Es el derecho en virtud del cual distintas partes de un inmueble con independencia funcional y salida directa o indirecta ala vía pública, se establecen como propiedad exclusiva de una o más personas, las que a su vez son copropietarias in divisas sobre las partes comunes.
PÁRRAFO I.-
El terreno es esencialmente común y proindiviso de todos los condómines.
PÁRRAFO II.-
Los sectores o áreas comunes y proindivisas son inseparables de la propiedad exclusiva y no pueden ser transferidos ni gravadosindependientemente. La transferencia de la propiedad incluye, aunque no lo contemple el contrato, el derecho sobre las partes comunes que le corresponde.
PÁRRAFO III.-
Las construcciones en proceso pueden sersometidas al régimen de condominio. Sin embargo, a los fines de financiamiento el propietario y la entidad financiera, podrán inscribir con el registro de la hipoteca correspondiente su decisión desometer el inmueble al régimen decondominio una vez que la construcción esté terminada y se hayan cumplido los requisitos y formalidades establecidos por la ley.
PÁRRAFO IV.-
No se puede constituircondominios sobre inmuebles o unidades ya incorporadas a este régimen;
PÁRRAFO V.-
No se pueden constituir condominios sobre terrenos amparados en constancias anotadas;
PÁRRAFO VI.-
Los diferentespisos de una edificación ubicada en terrenos registrados no pueden pertenecer a distintos propietarios si no están afectados al régimen de condominio.
PÁRRAFO VII.-
Para cada condómine se emitirá unCertificado de Título que identifique la unidad exclusiva, la participación sobre las partes comunes y el terreno, y el número de votos que le corresponde a cada titular en las asambleas decondómines.
PÁRRAFO VIII.-
Se emitirá un Certificado de Título a nombre del consorcio de propietarios por el terreno, sobre el que se inscribe un bloqueo registral en el Registro Complementario del...
Regístrate para leer el documento completo.