Los Delitos Ambientales
Si el agente actuó por culpa, la pena será privativa de libertad no mayor de un año o prestación de servicio comunitario de diez atreinta jornadas.
Artículo 305.- La pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y trescientos sesenticinco a setecientos treinta días multa cuando :
Los actos previstos en elartículo 304 ocasionen peligro para la salud de las personas o para sus bienes.
El perjuicio o alteración ocasionados adquieren un carácter catastrófico.
El agente actuó clandestinamente en elejercicio de su actividad.
Los actos contaminantes afectan gravemente los recursos naturales que constituyen la base de la actividad económica.
Si, como efecto de la actividad contaminante, seproducen lesiones graves o muerte, la pena será :
Privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y de trescientos sesenticinco y setecientos días-multa, en caso de lesiones graves.
b)Privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y de setecientos treinta a cuatrocientos sesenta días multa, en caso de muerte.
Artículo 306.- El funcionario público que otorga licenciade funcionamiento para cualquier actividad industrial o el que, a sabiendas, informa favorablemente para su otorgamiento sin observar las exigencias de las leyes y reglamentos sobre protección delmedio ambiente, será reprimido con una pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años, e inhabilitación de uno a tres años conforme al artículo 360 incisos 1,2 y 4.
Artículo 307.-...
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