Los Delitos
El Art. 14 del C Penal dice: “La infracción es Dolosa o culposa"
La infracción dolosa, que es aquella en que hay el designio de causar daño, es:
Intencional, cuando el acontecimiento dañoso o peligroso, que es el resultado de la acción o de la omisión de que la Ley hace depender la existencia de la infracción, fueprevisto y querido por el agente como consecuencia de su propia acción u omisión.
Preterintencional, cuando de la acción u omisión, se deriva un acontecimiento dañoso o peligroso más grave que aquel que quiso el agente.
La infracción es culposa cuando el acontecimiento, pudiendo ser previsto pero no querido por el agente, se verifica por causa de negligencia, imprudencia, impericia o inobservanciade la
Ley, reglamentos u órdenes.
Nuestro Código Penal en su Art. 14 al referirse en forma general a las infracciones las distingue como dolosas o culposas. Entendido al dolo como la voluntad de causar un daño y a la culpa a la ausencia de ese elemento voluntario de causar el mal.
La infracción dolosa puede ser intencional y preterintencional.
ES DOLOSA.- cuando la voluntad va dirigida arealizar el hecho dañoso o peligroso que se encuentra previsto en la ley como delito. Así, Carrara define al dolo como "La intención más o menos perfecta de hacer un acto que se conoce contrario a la ley".
Para quienes aceptan la tesis de Carrara, para que exista dolo se supone primeramente un conocimiento del hecho que se realiza y sus consecuencias, pero además, una posición de la voluntad que esla que busca y se propone un resultado. En consecuencia el dolo seria la intención que determina la voluntad.
Según Ranieri, "Como en el dolo la voluntad está dirigida a realizar el hecho típico que el sujeto a representado de antemano, y como la voluntad dirigida a un fin se llama intención, puede afirmarse que el delito doloso es delito según la intención, ya que el hecho realizado, coincide consu intención ".
La infracción dolosa intencional, puede también ser resultado de la omisión, por ello es que conviene citar lo que Jiménez de Asúa determina por dolo a: "La producción de un resultado típicamente antijurídico, con conciencia de que se quebranta un deber, con conocimiento de las circunstancias del hecho....." de lo que se deduce que,el quebrantamiento del deber no solo se lo hacepor acción sino también por omisión.
Conviene también analizar las clases de dolo: el dolo genérico y el dolo específico.
Es genérico cuando simplemente se quiere realizar el hecho; y Es específico cuando además de la voluntad de realizar el hecho es indispensable que la realización se efectúe.
Como ejemplo en el delito de hurto no basta que el sujeto quiera apoderarse de la cosa ajena, sinoque pretenda sacar provecho de ella.
El dolo es directo o eventual.
Es directo cuando el sujeto realiza con su acción el resultado que se propuso; y
Es eventual o indirecto, cuando se propone conseguir un resultado, pero alcanza otra consecuencia que sin embargo lo acepta; por ejemplo cuando "A" dispara para herir a "B" sabiendo que puede herir a "C" que está cerca de "B" y sin embargo corriendoriesgo de su conducta dispara y hiere a "C".
Pueden existir otras clases de dolos como el de ímpetu y el de propósito; como el de daño o lesión y el de peligro. En todos ellos estará siempre la intención y la voluntad de franquear una norma.
La infracción es preterintencional cuando de la acción u omisión se deriva un resultado más grave que el querido por el agente. Nuestro Código Penal planteacomo hipótesis de delito preterintencional el Art. 455 que se refiere a heridas o golpes dados voluntariamente pero que fueron causantes de la muerte sin intención de producirla.
Es necesario aclarar que el delito preterintencional es una figura compleja debido a que tanto el hecho doloso (golpes dados voluntariamente) como el culposo (muerte como resultado de los golpes dados con voluntad...
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