LOS DERECHOS EN SERIO. Dworkin
Herbert Hart (n. Harrogate, 18 de julio de 1907 - f. Oxford, 19 de diciembre de 1992), fue uno de los filósofos del derecho más importantes del siglo XX. Estudió abogacía en el New College (Universidad de Oxford) del cual se graduó en 1932.
En 1961 publica su trabajo más importante: The concept of law.
Hart se inscribeen la corriente de pensamiento positivista, llamada jurisprudencia analítica, para la cual el análisis del lenguaje resulta un elemento fundamental a fin de una mejor la comprensión del derecho.
Tipos de Normas
En su libro The concept of law, H:L:A Hart distingue entre reglas primarias y reglas secundarias, usando dos diferentes criterios de distinción. En primer lugar, las normas primariasimponen obligaciones, mientras que las secundarias confieren potestades. Un ejemplo de norma secundaria sería aquella que autoriza a los jueces decidir casos o al Congreso a dictar leyes. Las normas penales y las de responsabilidad civil son típicos casos de normas primarias. En segundo lugar, las normas primarias son sobre conductas en tanto que las secundarias son sobre otro tipo de reglas. Lasreglas secundarias autorizan a individuos o a grupos de personas crear, modificar o extinguir normas.
Hart clasificó las normas secundarias en la siguiente forma:
a) Regla de reconocimiento: Sirve para identificar que normas pertenecen a un sistema jurídico (el criterio de identificación sería el de origen “PEDIGREE”).
b) Reglas de cambio: Indican un procedimiento para que las reglas primariascambien en el sistema y así dinamizar el ordenamiento jurídico.
c) Reglas de adjudicación: Dan competencia a órganos jurídicos para que establezcan si se infringió o no una regla primaria.
Hart discrepa de la concepción (representada en Inglaterra por John Austin y Jeremy Bentham, que ve a las normas como órdenes respaldadas por amenazas (mandatos). Hart ofrece varios argumentos en contra de lateoría de reglas como mandatos. En primer lugar, los sistemas jurídicos contienen reglas que no imponen obligaciones sino que confieren poderes (reglas secundarias). Hart también criticó la noción de obligación jurídica defendida por Austin; tener una obligación, para Hart, es algo diferente que sentirse obligado bajo la amenaza de un castigo, como pensaba Austin. Finalmente, Hart demostró que lateoría de Austin era incapaz de explicar prácticas comunes a los ordenamientos jurídicos, como el hecho de que las leyes persisten en el tiempo, la fuente del derecho consuetudinario o el hecho de que la sociedad tenga obligaciones jurídicas frente a soberanos recientemente electos.
Uno de los aportes más interesantes de la teoría jurídica Hartiana es su crítica a la noción kelseniana de 'grundnorm'(norma básica, fundamental, fundante, primaria u originaria, como también ha sido traducida). Para Hans Kelsen, todos los ordenamientos jurídicos dependen de una norma primaria o básica (Grundnorm) que presume el deber de los gobernados de obedecer a sus gobernantes. Hart criticó a Kelsen y sugirió que la norma básica de todo ordenamiento jurídico no era una presunción sino un hecho: la regla...
Regístrate para leer el documento completo.