Los Derechos Humanos Durante El Proceso De Reorganización Militar
La Argentina durante 17 años sufrió una dictadura cívico-militar a la que llamaron proceso de reorganización militar. Esta comenzó tras el golpe de estado al gobierno de María Estela Martínez de Perón, el cual fue sustituido por una junta militar representada por las tres fuerzas armadas, los cuales eran el TenienteGral. Jorge Rafael Videla, el Almirante Eduardo Emilio Massera y el Brigadier Gral. Orlando R. Agosti, encabezados por el Gral. Videla. Esta época se considera prácticamente la más sangrienta de la historia Argentina debido al terrorismo de estado, la constante violación de los derechos humanos, la desaparición y muerte de miles de personas, el robo sistemático de recién nacidos y otros crímenesde lesa humanidad. Todo esto llevo a que se inviertan los valores entre los ciudadanos y el estado, cuando este tiende a sancionar los delitos contra la propiedad, a amnistiar y/o indultar los delitos contra la vida como un régimen de represión ilegal, violencia indiscriminada, persecuciones, tortura sistematizada, desaparición forzada de personas, manipulación de la información y demás formas deterrorismo de Estado
Este proceso tras muchos años llegó a un juzgado y los culpables han sido y son juzgados y procesados. Pero con esta larga tardanza para dictar las sentencias se puede ver como el principio de igualdad ante la ley ha sido violado, debido a que estos violadores de derechos tuvieron el privilegio de la impunidad por mucho tiempo, cosa que viola la igualdad ante la ley
Ladictadura comienza el 24 de marzo de 1976, acompañada de una primera junta militar en la cual se dictaron 31 comunicados, de los cuales se destacan el Nro1 “Se comunica a la población que, a partir de la fecha, el país se encuentra bajo el control operacional de la Junta de Comandantes Generales de las FF.AA. Se recomienda a todos los habitantes el estricto acatamiento a las disposiciones ydirectivas que emanen de autoridad militar, de seguridad o policial, así como extremar el cuidado en evitar acciones y actitudes individuales o de grupo que puedan exigir la intervención drástica del personal en operaciones.” y el Nro19 “Se comunica a la población que la Junta de Comandantes Generales ha resuelto que sea reprimido con la pena de reclusión por tiempo indeterminado el que por cualquiermedio difundiere, divulgare o propagare comunicados o imágenes provenientes o atribuidas a asociaciones ilícitas o personas o grupos notoriamente dedicados a actividades subversivas o al terrorismo. Será reprimido con reclusión de hasta diez años, el que por cualquier medio difundiere, divulgare o propagare noticias, comunicados o imágenes, con el propósito de perturbar, perjudicar o desprestigiarlas actividades de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o Policiales.”
Junto a estos comunicados se estableció la pena de muerte y los consejos de guerra (ley 21.264) que constaba de estos artículos:
Art. 1 El que públicamente por cualquier medio, incitare a la violencia colectiva y / o alterare el orden público, será reprimido por sola incitación, con reclusión hasta diez años.
Art. 2. El quealterare en cualquier forma contra los medios de transporte, de comunicación, usinas, instalaciones de gas o agua corriente u otros servicios públicos, será reprimido con reclusión por tiempo determinado o muerte...
Art.5 ...el personal militar de las fuerzas de seguridad y de las fuerzas policiales hará uso de las armas en caso de que la persona incurra en alguno de los delitos previstos de dos acuatro precedentes...
Art. 7 Créanse en todo el territorio del país los Consejos de Guerra Especiales Estables...que juntamente con los Consejos de Guerra Permanente para el Personal Subalterno de las Tres Fuerzas Armadas, conocerán en el juzgamiento de los delitos que prevé la presente ley.
Art 10. La presente ley será aplicable a toda persona mayor de dieciséis años.
Entre otras leyes y órdenes...
Regístrate para leer el documento completo.