Los impensado
VISTOS:
El Memorándum N° 2859-2004-EF/94.20 de fecha 19 de julio de 2004 presentado por la Gerencia de Asesoría Jurídica,así como las comunicaciones remitidas por la Cámara de Comercio de Lima y la Asociación de Bancos del Perú.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de TítulosValores aprobada por Ley N° 27287 dispone en su Quinta Disposición Final que la Superintendencia de Banca y Seguros y la CONASEV “están facultadas a aprobar los modelos y formatos estandarizados de lostítulos valores que las cámaras y asociaciones gremiales les propongan, observando que reúnan los requisitos formales esenciales que la presente Ley u otras disposiciones establezcan, con excepción deaquellos modelos o formularios cuya aprobación se haya delegado en otra autoridad.”
Que en virtud de la norma invocada la Cámara de Comercio de Lima y la Asociación de Bancosdel Perú proponen la aprobación de los formatos estandarizados de Factura Conformada, adecuados a la reciente modificación de dicho título valor dispuesta por la Ley N° 28203, formatos que cumplen conlos requisitos establecidos en la antes citada Ley y en la Ley N° 27287, por lo que corresponde aprobar los formatos en mención a efectos de recomendar su uso en las transacciones comercialesefectuadas con dichos títulos valores;
Estando a lo dispuesto por la Quinta Disposición Final de la Ley N° 27287, el Artículo 11 del Texto Unico Concordado de la Ley Orgánica deCONASEV, aprobado por Decreto Ley N° 26126, así como a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional reunido en sesión de fecha 19 de julio de 2004.
SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar los formatos estandarizados de la factura conformada, conforme a los anexos que se adjuntan a la presente Resolución, precisándose que en el caso del...
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