los incidentes
Los incidentes se encuentran regulados en diversos preceptos del Código de Procedimiento Civil (en adelante, CPC). En el Título IX del Libro I del CPC, denominado “De los Incidentes”, se reglamentan los denominados Incidentes Ordinarios y, en los Títulos X a XVI del citado código, se regulan los incidentes especiales siguientes: acumulación de autos, cuestionesde competencia, implicancias y recusaciones, privilegio de Pobreza, las costas, el desistimiento de la demanda y el abandono del procedimiento.
Concepto. El Artículo 82 del CPC establece que: “Toda cuestión accesoria de un juicio que requiera pronunciamiento especial con audiencia de las partes, se tramitará como incidente, y se sujetará a las reglas de este título, si no tiene señalada por laley una tramitación especial”
De la citada norma, se desprende que el elemento de la esencia para encontrarnos en presencia de un incidente es su accesoriedad respecto de un asunto principal.
La audiencia de las partes, a pesar de un elemento contemplado en el artículo 82 del CPC, no constituye un elemento de la esencia para que nos encontremos en presencia de un incidente, puesto que éste puedeno concurrir de acuerdo a lo que el mismo legislador ha señalado. Al efecto, la segunda parte del artículo 89 del CPC, dispone que: “El tribunal podrá resolver de plano aquellas peticiones cuyo fallo se pueda fundar en hechos que consten del proceso, o sean de pública notoriedad, lo que el tribunal consignará en su resolución”. De manera que, si el legislador faculta al juez para resolver deplano y sin necesidad de conferir audiencia a la otra parte del proceso, para la resolución de una petición incidental en los casos en que señala la norma, es porque puede omitirse de la audiencia de las partes cuando así se disponga por la ley.
Requisitos de existencia de un incidente.
Los elementos que deben concurrir respecto de una cuestión que se suscite durante la tramitación de unprocedimiento para otorgarle la naturaleza jurídica de un incidente son los siguientes:
1. Que exista juicio; El incidente es una cuestión accesoria al juicio, por lo que necesariamente se requiere la existencia de un asunto principal para poderse plantear una cuestión accesoria a éste. El proceso adquiere existencia legal desde que se ha constituido la relación jurídica procesal o desde el momento en quetodas las partes se encuentran insertas en una situación jurídica que les genera la carga de actuar para los efectos de satisfacer su propio interés en el proceso. El instante a partir del cual un proceso adquiere existencia legal es desde la notificación de la demanda interpuesta por el sujeto activo a los demandados, por lo que sólo a partir de ese instante será posible plantear los incidentescomo cuestiones accesorias al asunto principal.
2. Que la cuestión promovida tenga el carácter de accesoria respecto del asunto principal; Los incidentes se suscitan durante la tramitación del juicio principal, es decir, entre la presentación de la demanda y la ejecución de la sentencia, y necesitan ser solucionados previa y especialmente. La ley ha querido evitar que sean motivos deincidentes cuestiones que miren al fondo del juicio mismo, y al disponer que ellos tengan el carácter de accesorios está significando que deben ser secundarios en relación con el asunto principal, al cual están unidos por un nexo procesal.
3. Que exista una relación directa entre el incidente y la cuestión principal; El inciso 1° del artículo 84 del CPC establece categóricamente esta exigencia alseñalarnos que: “Todo incidente que no tenga conexión alguna con el asunto que es materia del juicio podrá ser rechazado de plano”. De tal forma, el incidente que se promueva tiene que tener algún vínculo de ligazón o dependencia respecto de la causa principal. Las cuestiones ajenas al juicio deberán promoverse en juicio separado, porque de otra manera alterarían los términos de la relación procesal...
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