Los juicios jurídicos desde el punto de vista de la cantidad.
En lo que a la cantidad respecta, las normas del derecho se dividen en genéricas e individualizadas. Llámanse genéricas las que obligan o facultan a todos los comprendidos dentro de la clase designada por el concepto sujeto de la disposición normativa; se llaman individualizadas las que obligan o facultan a miembros individualmentedeterminados de aquella clase. Los juicios jurídicos, como los juicios enunciativos en general, se clasifican, desde el punto de vista de su calidad y cantidad, en universales positivos(A), universales negativos (E), particulares positivos (i) y particulares negativos(o)
La norma:”los obreros están obligados a ejecutar su trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, en la forma,tiempo y lugar convenidos” (Ley Federal del Trabajo, art. 113, frac. II) es una norma genérica y, por lo tanto, un juicio universal, en cuanto impone deberes a todos los comprendidos dentro de la clase designada por el concepto-sujeto de su disposición (los obreros).
La norma “Queda prohibido, en todos los centros de trabajo, el establecimiento de expendios de bebidas embriagantes” (Ley Federalel Trabajo, art. 12) es un juicio universal negativo.
A diferencia de las normas genéricas, que obligan o facultan a todos los comprendidos dentro de la clase designada por el concepto-sujeto de la disposición normativa, las individualizadas imponen deberes o conceden derechos a uno o varios miembros, individualmente determinados, de esa misma clase.
Cuando un juez condena a un sujeto asufrir una pena de dos años de cárcel, por la comisión de un acto fraudulento, el fallo condenatorio es también una norma, mas no de índole abstracta El fallo constituye un acto de aplicación de ciertas disposiciones genéricas. Las resoluciones dictadas por el órgano competente, de acuerdo con una serie de normas abstractas, no sólo tienen el carácter de actos aplicadores, sino que aparecen, al mismotiempo, como normas individualizadas, condicionantes de otros actos jurídicos. Pero recordemos que la decisión judicial tiene u carácter constitutivo y no sólo declarativo: la decisión judicial continúa el proceso de creación jurídica de la esfera de lo general y abstracto en la de lo individual y concreto.
Supongamos que en un laudo de una Junta de Conciliación y Arbitraje se condena a unpatrono a pagar a quienes dependían económicamente de un trabajador, cierta suma de dinero, como indemnización por la muerte del obrero, ocurrida a consecuencia de un accidente de trabajo. En el caso del ejemplo, la norma que concede a los reclamantes el derecho al pago de la indemnización sólo puede aplicarse cuando, comprobado el condicionante y establecido el monto de la indemnización, losactores demuestran que dependían económicamente del trabajador muerto. La dependencia económica es, en este caso, el hecho de designación que permite individualizar a los pretensores. Tal hehco determina la pertenencia de éstos a la clase designada por el concepto-sujeto de la disposición normativa (“dependientes económicos”) y hace posible, en lo que toca a las consecuencias de derecho, que serealice el acto imputativo de la facultad invocada por los actores.
En cuanto a los preceptos del derecho, hay que tener en cuenta la diferencia que los separa de alos juicios enunciativos. Mientras los juicios enunciativos se refieren a lo que es, y sólo pueden ser verdaderos o no verdaderos, los jurídicos se refieren a lo que debe o puede ser jurídicamente y los atributos que les convienen noson lo de verdad o falsedad, sino los de validez o invalidez. Tratándose de juicios jurídicos contradictorios, por ejemplo, habrá que declarar que no pueden ambos ser válidos, ni carecer de validez los dos. Por ejemplo, la sentencia que negase a una persona el derecho de profesar su creencia religiosa y practicar, en su domicilio o en los templos, los actos, devociones y ceremonias del culto...
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