Universidad Central de Venezuela Facultad de Ciencias Jurdicas y Polticas Centro de Estudios de Postgrado Curso de Especializacin en Derecho del Trabajo. Ctedra Lmites de la Relacin Laboral Prof. Enrique Marn Quijada LOS TRABAJADORES NO ASOCIADOS EN LAS COOPERATIVAS. Ninoska Castillo Castillo 4.973.084 Mayo- Junio 2008 INTRODUCCIN La cooperacin, al igual que el mutualismo, es tan antigua comola humanidad, por la solidaridad que nace espontneamente entre los que tienen un nexo en comn. Se destacan como paladines del cooperativismo Ricardo Owen en Inglaterra y Carlos Fourier en Francia, quienes vieron en este sistema un medio, si no de liberar a los trabajadores, al menos de mejorar su situacin econmica. Sin embargo, al referirnos a los inicios del movimiento cooperativo que surge apartir del ao 1844, es inevitable mencionar a la Sociedad de los Probos Pioneros de Rochadles, administrada bajo estrictas reglas de obligatorio cumplimiento, las cuales, con las necesarias actualizaciones peridicas, an tienen vigencia a nivel internacional y son los llamados Principios de Rochadle o Principios Cooperativos. Hoy da, la Alianza Cooperativa Internacional, entidad con sede en Suiza,asocia una gran mayora de las organizaciones cooperativas a nivel mundial, con el objeto de vincular los distintos movimientos cooperativos de los pases. Su finalidad es crear una red econmica internacional y fomentar la creacin de un entorno internacional favorecedor de la cooperacin que evite las disputas y los enfrentamientos econmicos, brindando asesora, representacin y promocin. Sin embargo, suprimordial inters radica en arribar a unos principios cooperativos universales, que permitirn unificar conceptos y distinguir entre las reales y las falsas cooperativas, as como tambin, fijar los requisitos esenciales a los cuales deben sujetarse los interesados en asociarse cooperativamente. En Venezuela, la Ley de Asociaciones Cooperativas (LEAC), desarrolla los preceptos constitucionales quedestacan el rol de la economa social y participativa, as como la economa asociativa. Para el ao 2005, de acuerdo con cifras de la Cmara Venezolano Americana de Comercio e Industria, el nmero de cooperativas en Venezuela se haba incrementado en los ltimos cuatro aos, de unas mil a treinta mil, debido al empuje brindado por la promulgacin de la Ley antes citada. Observamos que, la OrganizacinInternacional del Trabajo insta a los Estados a promocionar y proteger las asociaciones cooperativas, tal y como lo establece la Recomendacin nmero 193 en su artculo 7.2 Las cooperativas deben beneficiarse de condiciones conformes con la legislacin y las prcticas nacionales que no sean menos favorables que las que se concedan a otras formas de empresa y de organizacin social. Los gobiernos deberanadoptar, cuando proceda, medidas apropiadas de apoyo a las actividades de las cooperativas que respondan a determinados objetivos de poltica social y pblica, como la promocin del empleo o el desarrollo de actividades en beneficio de los grupos o regiones desfavorecidos. Estas medidas de apoyo podran incluir, entre otras y en la medida de lo posible, ventajas fiscales, crditos, subvenciones,facilidades de acceso a programas de obras pblicas y disposiciones especiales en materia de compras del sector publico. En esta forma de organizacin social, surge la figura del trabajador asociado, como una innovacin en materia de relaciones de trabajo, distinta al trabajo dependiente, debido a las caractersticas intrnsecas de estas asociaciones, en virtud de las cuales el trabajador es a la vez socio,con el derecho a participar en las decisiones y la administracin de la sociedad, y la remuneracin percibida no tiene carcter salarial. Asimismo, difiere del trabajo por cuenta propia, ya que dicho trabajador organiza su actividad y, por consiguiente, no est sujeto a un poder de direccin de otro. Este trabajador tiene la facultad de disposicin sobre su trabajo y asume el riego econmico de la...
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