losprocesos penales
Este trabajo contiene la comparacion de cincuenta articulos del codigo de procedimientos penales del estado de nuevo leon y el codigo de procesos penales de nuevo leon con el codigo nacional de procedimientos penales este ultimo aun no esta en ejercicio. consiste en una pequeña opinion acerca de las modificaciones que tuvo la ley acerca de distintos procedimientos en el delitooproceso. Busco hacer esta comparacion de articulos para saber en si las modificaciones que hubo en el nuevo codigo unico y asi poder hacer comentarios acerca de la actualizacion que deben de tomar los profesionales del derecho ya que el nuevo procedimiento es oral en toda su extension.
CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
*CODIGO DE PROCEDIMIENTOD PENALES DELESTADO DE NUEVO LEON *CODIGO PROCESAL DE NUEVO LEON
Artículo 17. Derecho a una defensa y asesoría jurídica adecuada e inmediata
La defensa es un derecho fundamental e irrenunciable que asiste a todo imputado, no obstante, deberá ejercerlo siempre con la asistencia de su Defensor o a través de éste. El Defensor deberá ser licenciado en derecho o abogado titulado, con cédula profesional. Se entenderápor una defensa técnica, la que debe realizar el Defensor particular que el imputado elija libremente o el Defensor público que le corresponda, para que le asista desde su detención y a lo largo de todo el procedimiento, sin perjuicio de los actos de defensa material que el propio imputado pueda llevar a cabo. La víctima u ofendido tendrá derecho a contar con un Asesor jurídico gratuito encualquier etapa del procedimiento, en los términos de la legislación aplicable. Corresponde al Órgano jurisdiccional velar sin preferencias ni desigualdades por la defensa adecuada y técnica del imputado.
Artículo 18. Garantía de ser informado de sus derechos. Todas las autoridades que intervengan en los actos iniciales del procedimiento deberán velar porque tanto el imputado como la víctima u ofendidoconozcan los derechos que le reconocen en ese momento procedimental la Constitución, los Tratados y las leyes que de ellos emanen, en los términos establecidos en el presente Código.
Artículo 19. Derecho al respeto a la libertad personal
Toda persona tiene derecho a que se respete su libertad personal, por lo que nadie podrá ser privado
de la misma, sino en virtud de mandamiento dictado por laautoridad judicial o de conformidad con las
demás causas y condiciones que autorizan la Constitución y este Código.
La autoridad judicial sólo podrá autorizar como medidas cautelares, o providencias precautorias
restrictivas de la libertad, las que estén establecidas en este Código y en las leyes especiales. La prisión
preventiva será de carácter excepcional y su aplicación se regirá en lostérminos previstos en este
Código.
ARTICULO 8o.- En todo procedimiento penal, la víctima o el ofendido por algún delito tendrán derecho a:
I. Recibir asesoría jurídica y ser informados, cuando lo soliciten, del desarrollo de la averiguación previa o del proceso;
II. Coadyuvar con el Ministerio Público;
III.- Estar presente en el desarrollo de todos los actos procesales en los que el inculpadotenga este derecho;
IV. Recibir asistencia médica de urgencia y psicológica cuando lo requieran, pudiendo optar por el profesional de su elección cuando la disponibilidad de éstos así lo permita;
V. La garantía de reserva de su identidad y paradero por lo que en consecuencia, no podrá ser divulgado para ser transmitido o publicado en medio masivo de comunicación alguno, cualquier dato, hechoo documento que ésta disposición tutela; lo anterior sólo será aplicable en los tipos penales contemplados en cualquiera de los artículos 165 bis, 176, 318 o 325 del Código Penal para el Estado de Nuevo León, así como en los delitos de secuestro en cualquiera de sus modalidades previstas en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la...
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