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Artículo 20.- Las autoridades educativas, constituirán el sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros que tendrá lasfinalidades siguientes:
I.- La formación, con nivel de licenciatura, de maestros de educación inicial, básica -incluyendo a los de educación indígena- especial y de educación física.
II.- Laactualización de conocimientos y superación docente de los maestros en servicio.
III.- La realización de programas de especialización, maestría y doctorado, adecuados a las necesidades educativas de laentidad.
IV.- El desarrollo de la investigación pedagógica y la difusión de la cultura educativa.
Artículo 21.- El educador es promotor, coordinador, facilitador y agente directo del procesoeducativo.
Las autoridades educativas proporcionarán los medios que le permitan realizar eficazmente su labor y que contribuyan a su constante perfeccionamiento (salarios, reconocimientos).
Artículo22.- Las autoridades educativas, revisarán permanentemente los trámites y procedimientos de reducir las cargas administrativas de los maestros, de lograr la prestación del servicio educativo con mayorpertinencia, calidad y eficiencia.
Artículo 23.- Las empresas están obligadas a establecer y sostener escuelas cuando el número de educandos que las requiera sea mayor de veinte. Contarán conedificio, instalaciones y demás elementos necesarios para realizar su función.
Artículo 24.- Los beneficiados por los servicios educativos deberán prestar servicio social. En éstas se preverá laprestación del servicio social como requisito previo para obtener título o grado académico.
Sección 3.- Del financiamiento a la educación
Artículo 25.- El gobierno de cada entidad federativa, con...
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