lucesy sombras
Por José Humberto Ruiz Riquero1
RESUMEN
El trabajo es parte de la vida diaria de todos y el factor determinante para alcanzar la dignidad humana, el bienestar y el desarrollo como seres humanos; sin embargo, todavía hay empleadores que, con la finalidad de obtener mayores gananciasreduciendo costos, se aprovecha de las facilidades de un ocultación de la relación laboral, bajo la apariencia de un contrato civil, para eludir la protección brindada por el ordenamiento laboral al sujeto que presta el servicio.
En el presente trabajo de investigación se realiza un análisis del Contrato de Trabajo, denominado “contrato realidad” por el Tribunal Constitucional, que en uso de sufunción antifraude en los Contratos de Locación de Servicios; el Principio de la Primacía de la Realidad constituye para el Derecho Laboral una verdadera protección para el trabajador, a fin de que este no pueda ser marginado de los hechos mediante la adopción de algunas figuras jurídicas que disimulan la realidad. Para ello, se debe de evaluar si en los hechos se presentaron en forma alternativa yno concurren: primero, los elementos típicos del contrato de trabajo, y segundo, alguno de los rasgos sintomáticos de laboralidad.
“Falsa demostratione susbstantia veritatis minime potest”
La esencia de la verdad no cabe alterarla con una falsa demostración
(Código de Justiano: Libro I, Título XVIII)
I. HECHOS MATERIA DEL CASO
Margiory Nancy Loayza, aduce que ingresó a laborar para laempresa Telefónica del Perú S.A.A desde el 27 de setiembre de 2001, bajo un contrato verbal, y que, con fecha 1 de diciembre de 2001, suscribió un Contrato de Locación de Servicios con plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2002, labor realizada bajo subordinación y sujeta a una horario, recibiendo por ella una remuneración. Siendo despedida el 27 de enero del 2003, de manera verbal, de maneraarbitraria, ella alega vulneración su derecho constitucional al trabajo. Ante esta situación Margiory interpone una acción de amparo con la pretensión de que se deje sin efecto legal el despido de que ha sido objeto el 27 de enero de 2003, y que, por consiguiente, se la reponga en su puesto habitual de labores que se le paguen las remuneraciones dejadas de percibir.
La empresa demandada respondedicha pretensión explicando que no existe vulneración a dicho derecho, debido a que la relación existente no es una relación laboral, sino una relación nacida de un Contrato de Locación de Servicios, y que no existe despido arbitrario, pues sólo se trata del vencimiento del plazo de dicho Contrato de Locación de Servicios.
Una vez expuestos los hechos y argumentos, que fueron materia delanálisis de parte del Tribunal Constitucional, se verificará si aquellos, de acuerdo con lo expuesto en la doctrina y jurisprudencia bastan para determinar si nos encontramos ante un Contrato de Trabajo, o por el contrario, ante un Contrato de Locación de Servicios
II. INTRODUCCION
La crisis económica y necesidad de reducir costos laborales, la flexibilidad y desregulación legal, la falta de adecuaciónde los agentes laborales a los nuevos cambios sociales y económicos, el fenómeno de individualización de las relaciones laborales, la promoción del Estado de figuras no laborales, formación laboral juvenil, tercerización, así como una deficiente fiscalización estatal, entre otros; crearon el marco necesario para que las empresas privadas y el Estado utilicen contratos civiles –especialmente el delocación de servicios- que ocultan una autentica relación laboral. En este contexto, es necesario utilizar una de las herramientas del Derecho Laboral, el principió de primacía de la realidad, de enorme arraigo en la jurisprudencia y los órganos administrativos nacionales2.
En nuestro ordenamiento jurídico existen dos formas contractuales cuyo objeto es la prestación de servicios en el...
Regístrate para leer el documento completo.