Lucha Contra Incendios
Resolución A.952(23) Adoptada el 5 de diciembre de 2003 (Punto 17 del orden del día) SIGNOS GRÁFICOS PARA LOS PLANOS DE LUCHA CONTRA INCENDIOS DE A BORDO LA ASAMBLEA,RECORDANDO el artículo 15 i) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima Internacional, artículo que trata de las funciones de la Asamblea por lo que respecta a las reglas y directricesrelativas a la seguridad marítima, TENIENDO EN CUENTA que en la regla II-2/15.2.4 del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS), 1974, enmendado, se prescribe quehabrá expuestos permanentemente planos de lucha contra incendios para orientación de los oficiales del buque, y que se guardará permanentemente un duplicado de los planos de lucha contra incendios o unfolleto que contenga dichos planos en un estuche estanco a la intemperie fácilmente identificable, situado fuera de la caseta, para ayuda del personal de tierra encargado de la lucha contra incendios,RECONOCIENDO que el empleo de signos internacionales en los planos de lucha contra incendios de a bordo aumentará considerablemente su utilidad, tanto para la tripulación del buque como para elcuerpo de bomberos en tierra, RECORDANDO TAMBIÉN la resolución A.654(16), sobre los signos gráficos para los planos de lucha contra incendios, TOMANDO NOTA de que la ISO, en estrecha colaboración con laOMI, elaboró la norma ISO 17631:2002, titulada Ships and marine technology - Shipboard plans for fire protection, life-saving appliances and means of escape (Buques y tecnología marina: planos de abordo para la protección contra incendios, dispositivos de salvamento y medios de evacuación), en la que se incorporan signos de lucha contra incendios que, en general, se ajustan a los signos...
Regístrate para leer el documento completo.