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REGLAMENTO UNICO DE TRÁNSITO, SEGURIDAD VIAL.
VISTO: El Tratado de Asunción, suscrito el 26 de marzo de 1991 y la Recomendación Nº. 1 del Subgrupo de Trabajo Nº 5 Transporte Terrestre, y
CONSIDERANDO:
Que el referido Subgrupo de Trabajo coincidió en la conveniencia de adoptar en forma inmediata el Reglamento Único de Tránsito y Seguridad Vialaprobado en la XVIII Reunión de Ministros de Transporte y Obras Públicas del Cono Sur.
Por ello,
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Artículo 1o: Aprobar el Reglamento Único de Tránsito y Seguridad Vial cuyo texto se adjunta como Anexo I.
Artículo 2: Solicitar a los respectivos gobiernos que Instruyan a los Representantes ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)para que suscriban, en el marco de la misma un Protocolo Adicional al ACE Nro.18 que incorpore el Reglamento Único de Tránsito y Seguridad Vial.
V GMC – Buenos Aires, 01/IV/92
IV REUNION SUBGRUPO DE TRABAJO Nº 5
TRANSPORTE TERRESTRE DEL MERCOSUR
Montevideo Uruguay
CONVENIO DE REGLAMENTACION BASICA UNIFICADA DE TRANSITO
DE LOS PAISES DEL MERCOSUR
Los Paísesmiembros del MERCOSUR en el afán de favorecer la integración y la seguridad de la circulación internacional por carreteras, caminos y calles, han convenido las siguientes disposiciones:
CAPITULO I
DEFINICIONES
Art. I - Los términos y expresiones indicados a continuación, que figuran en las disposiciones del presente Convenio tienen el significado siguiente:
Vía:Carretera, camino o calle abierto a la circulación pública.
Calzada: Parte de la vía destinada a la circulación de vehículos.
Carril: Parte de la calzada, destinada al tránsito de una fila de vehículos.
Conductor: Toda persona habilitada para conducir un vehículo por una vía.
Licencia de conductor: Documento que la autoridad competente otorga a una persona para conducir unvehículo.
Peatón: Es la persona que circula caminando en la vía pública.
Vehículo: Artefacto de libre operación, que sirve para transportar personas o bienes por una vía.
Remolque: Vehículo construido para ser arrastrado por un vehículo de motor.
Semirremolque: Remolque construido para ser acoplado a un vehículo de motor, de tal manera que reposeparcialmente sobre éste y que una parte sustancial de su carga y su peso, estén soportados por el vehículo.
Motocicleta: Vehículo de dos ruedas, con o sin sidecar, provisto de un motor de propulsión.
Caravana o convoy: Grupo de vehículos, que circulan en fila por la calzada.
Berma o banquina: Parte de la vía contigua a la calzada, destinada eventualmente a ladetención de vehículos y circulación de peatones.
Intersección: Área común de calzadas que se cruzan o convergen.
Paso a nivel: Área común de intersección entre una vía y una línea de ferrocarril.
Demarcación: Símbolo, palabra o marca, de preferencia longitudinal o transversal, sobre la calzada, para guía del tránsito de vehículos y peatones.Adelantar: Maniobra mediante la cual un vehículo pasa a otro que circula en el mismo sentido.
Estacionar: Paralizar un vehículo en la vía pública, con o sin el conductor, por un período mayor que el necesario para dejar o recibir pasajeros o cosas.
Detenerse: Paralización breve de un vehículo para alzar o bajar pasajeros, o cosas, pero sólo mientras dure la maniobra.
Preferenciade paso: Prerrogativa de un peatón o conductor de un vehículo para proseguir su marcha.
Autoridad competente: Organismo de cada Estado Parte, facultado por la normativa vigente para realizar los actos y cumplir los cometidos que el presente Convenio prevé.
CAPITULO II
DISPOSICIONES GENERALES
Art. II - 1: Las reglas de circulación que se incluyen en el presente...
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