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Páginas: 29 (7094 palabras) Publicado: 2 de abril de 2013
AÑO XXXI Núm. 254

28 de diciembre de 2012

39167

I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Hacienda
Orden de 21/12/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las normas para la aplicación de los
medios de valoración previstos en el artículo 57 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a los
bienes inmuebles de naturaleza urbana en el ámbito de losImpuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para el año 2013. [2012/17609]
El texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, y la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre
Sucesiones y Donaciones,establecen que la base imponible de dichos impuestos estará constituida por el valor real de
los bienes y derechos transmitidos.
A su vez, el artículo 57.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria dispone que el valor de las rentas,
productos, bienes y demás elementos determinantes de la obligación tributaria podrá ser comprobado por la Administración tributaria por cualquiera delos medios de comprobación establecidos en el mismo.
Entre dichos medios se encuentra la estimación por referencia a los valores que figuren en los registros oficiales de
carácter fiscal. Estimación que podrá consistir en la aplicación de los coeficientes multiplicadores que se determinen y
publiquen por la Administración tributaria competente, en los términos que se establezcanreglamentariamente, a los
valores que figuren en el registro oficial de carácter fiscal que se tome como referencia a efectos de la valoración de
cada tipo de bienes. Asimismo se dispone que en el caso de bienes inmuebles, el registro oficial de carácter fiscal que
se tomará como referencia a efectos de determinar los coeficientes multiplicadores para la valoración de dichos bienes
será el CatastroInmobiliario.
La regulación de los medios de valoración establecida en la presente Orden persigue garantizar la seguridad jurídica de
los obligados tributarios en el ámbito de los impuestos antes mencionados por diferentes vías:
En primer lugar, mediante la aprobación de los coeficientes aplicables a los valores del Catastro Inmobiliario, con el fin
de disponer de un criterio de valoración objetivo yhomogéneo en todo el territorio regional. A este respecto, para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 158.1 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos
de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los
tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, la Orden que se aprueba detallala metodología técnica
utilizada para el cálculo de los coeficientes aprobados.
Es de reseñar que, como no podía ser de otra manera, los coeficientes aprobados para el año 2013 responden a la situación del mercado inmobiliario regional, que se refleja en un descenso generalizado respecto a los coeficientes aplicables
en 2012. Igualmente se produce una rebaja en las cuantías máximas quedeterminan la inaplicabilidad de la valoración
mediante la estimación por referencia a los valores del Catastro Inmobiliario.
Debe tenerse presente que los valores resultantes de la aplicación de coeficientes que se aprueban en esta Orden tienen carácter de mínimos y en todo caso, los valores declarados no pueden ser inferiores al precio o contraprestación
pactada, según lo estipulado en el artículo46.3 del ya mencionado texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
En segundo lugar, mediante la regulación del suministro de información sobre el valor de los inmuebles de naturaleza
urbana que vayan a ser objeto de adquisición. En este punto la voluntad de transparencia de la norma que se aprueba es
inequívoca, por cuanto no sólo...
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