Maestro
Como el derecho de alimentos es preferencial, de suma urgencia puesto que de momento a momento, día a día,son de consumo y deben de administrarse oportunamente a los acreedores alimentarios, tanto más que la suscrita carece de trabajo remunerado y medios suficientes para poder subsistir, ya no con lujos,sino con decoro para poder subsanar las necesidades alimentarias de la suscrita y mi hija dependiente, solicito como medida provisional, al admitirse esta mi demanda, se fije una pensión alimenticiacon tal carácter, suficiente y asegurable para satisfacer las necesidades alimentarias, prestaciones a las que se encuentra obligado el deudor alimentista de quien por ahora reclamo por la víajudicial junto con las demás medidas legales que sean del caso a efecto de determinar su pago y garantía de la misma. Y en el caso de renuncia o despido del demandado del lugar en donde presta susservicios, ordenar se le retengan toda clase de prestaciones que se le puedan hacer efectivas a su favor y se pongan a disposición de este H. juzgado, como garantía de la pensión reclamada; apercibiéndolo deno gravar, vender o enajenar por cualesquier titulo translativo de dominio, uso o de otra índole la parcela inmersa en la sociedad conyugal que se ubicada en la congregación
la Mutua
Municipio de...
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