Maga
1. La existencia de la obligación, a través de las condiciones, ya seasuspensiva o resolutoria.
2. La exigibilidad de la obligación, por medio del plazo o término.
3. La complejidad de la obligación, si comprende una pluralidad de sujetos u objetos.
MODALIDADES ENSENTIDO ESTRICTO.
Modalidades son los elementos accidentalesde una obligación que alteran o modifican sus efectos propios o normales, sea en cuanto a su nacimiento, ejercicio o extinción.
También sedice que modalidades la estipulacióninserta en un acto jurídico que tiene por fin retardar o modificar los efectos que éste habría producido si hubiese sido puro y simple, o extinguiresos efectosen un momento dado.En sentido estricto son modalidades, la condición, el plazo y el modo.
CONDICIÓN: Es un hecho futuro e incierto, que puede suceder o no, del cual depende la adquisición oextinción de un derecho.
PLAZO: Es un hecho futuro y cierto, del cual depende el ejercicio o la extinción de un derecho.
MODO: Es una carga impuesta al adquirente de un derecho.Es una modalidad másbien propia de las asignaciones testamentarias y donaciones entre vivos; pocas vecestiene lugaren los actos a título oneroso.
El modo se distingue de la obligación suspensiva en que nosuspendela adquisición del derecho.
Elabora un organizador gráfico con las modalidades de las obligaciones.
Sigue las indicaciones planteadas, guarda tu investigación con la nomenclatura adecuada(DEC_III_5__Gpo al que perteneces_ MO y C_XXYZ, sustituye las XX por las dos primeras letras de tu primer nombre, la Y por la inicial de tu apellido paterno y la Z por la inicial de tu apellidomaterno.) y envíala a la sección de Modalidades de la Obligación, saludos cordiales.
Atte. Mtra. Olga Margarita Anaya Medina.
http://www.abc.com.py/articulos/la-jerarquia-de-los-valores-1073032.html
Regístrate para leer el documento completo.