mandala
PALACIO NACIONAL:
Guatemala, 28 de Diciembre de 1990
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Reglamento para el Servicio del Ejército en Tiempo de Paz, aprobado por el Acuerdo Presidencial de fecha 29 de abril de 1935, actualmente en vigor, ya no responde a los avances y cambios operados en la institución armada.CONSIDERANDO:
Que por los motivos expresados constituye una necesidad impostergable su actualización, modernización e incorporación de disposiciones congruentes con la evolución del Ejército de Guatemala, para lo cual es imperativa la emisión de un nuevo reglamento.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 incisos c) y e) de la Constitución Política dela República de Guatemala; y con fundamento en los Artículos 246 y 250 de la citada Ley Suprema; y 3 y 13 del Decreto Ley No. 26-86 Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala.
ACUERDA:
EMITIR EL SIGUIENTE:
REGLAMENTO PARA EL SERVICIO MILITAR EN TIEMPO DE PAZ
PRIMERA PARTE
TITULO I.
DEFINICIONES Y DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I.
DEFINICIONES
ARTÍCULO 1. Para mejorcomprensión en este reglamento se entenderán los siguientes términos con las acepciones que se inician a continuación.
CENTINELA O VIGIA:
Soldado que vela, guardando el puesto que se le encarga.
CUADRA O SOLLADO:
Sala de un cuartel que es utilizada como dormitorio de soldados.
COMEDOR O CAMARA:
Pieza destinada en los cuarteles para comer en ella.
CUARTELERO O GUARDIA DE SOLLADO:Soldado que en cada compañía cuida del aseo y seguridad de la cuadra que ocupa.
CUERPO:
Denominación que se utiliza como sinónimo de brigada, zona o base militar.
GUARDIA DE PREVENCION O PORTALON PRINCIPAL:
Lugar donde se establece un conjunto de soldados que asegura y defiende un puesto o instalación militar.
RECLUTA O GRUMETE:
Soldado de reciente ingreso en el serviciomilitar.
SERVICIO O GUARDIA (EN LA MAR O EN TIERRA):
Turno que se nombra a los Oficiales, Especialistas y Tropa para ejercer seguridad, vigilancia u otra función similar por un período de tiempo determinado.
UNIDAD:
En el contexto del presente reglamento deberá entenderse distintamente como sinónimo de batallón, compañía, escuadrón, batería, pelotón, escuadra o tripulación, según sea elapartado o título en que se contenga su mención.
SANITARIOS O JARDINES:
Son los que se destinan para que el personal militar, realice sus actividades de aseo personal y otras necesidades.
PAPELERA O TAQUILLA:
Mueble para guardar equipo militar y objetos personales.
DEM:
Diplomado en Estado Mayor, para las Fuerzas de aire y mar DEMA. Y DEMN., respectivamente.
CAPITULO IIDISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 2. La observancia de este reglamento obligatoria para todos los integrantes del Ejército de Guatemala.
ARTÍCULO 3. Es obligación ineludible de los Comandantes, Jefes y Directores, exigir la estricta observancia de este instrumento reglamentario.
ARTÍCULO 4. El personal del Ejército de Guatemala, debe estar bien enterado para su estricto cumplimiento del contenidode esta disposición reglamentaria, y conocer especialmente las disposiciones que de manera individual concierne a cada uno. En cuanto a las fuerzas de mar deberán conocer además las leyes y reglamentos de su propia arma.
ARTÍCULO 5. El recluta a su ingreso al servicio, recibirá las prendas del equipo reglamentario y las conservará bajo su responsabilidad el tiempo designado para su uso.ARTÍCULO 6. Se prohibe a los integrantes del Ejército de Guatemala, bajo severa sanción disciplinaria, toda conversación o actitud que manifieste desagrado, inconformidad, falta de espíritu y sacrificio que en el servicio militar exige el cumplimiento de sus obligaciones. Deberá tener entendido que para hacerse merecedor a un ascenso, tiene que mostrar las cualidades del don de mando.
ARTÍCULO...
Regístrate para leer el documento completo.