Manejar en estado de ebriedad
Del carácterestrictamente jurídico de la relación filial se desprenden ciertas consecuencias. En primer lugar, puede darse que no toda persona tenga una filiación o estado filial.En segundo lugar, la filiación biológica puede perfectamente no coincidir con la filiación jurídica; por ejemplo, si alguien siendo padre biológico, pierde el juiciode reclamación por sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada
La filiación puede ser vista desde dos perspectivas exclusivamente:
• Como una relación jurídicaentre un padre y su hijo, o una madre y su hijo, por lo que siempre es bilateral; y
• Como un estado civil, es decir, como una especial posición de una persona enrelación con su sociedad, tipificada normativamente
Esto se refiere a cuántos estados civiles filiales tiene ordenamiento jurídico, y supone una definición específicade la ley.
• Pluralidad. Si el Derecho distingue varias posiciones de hijo como estado civil, p. ej., legítimo (o también llamado filiación matrimonial) e ilegítimo(no matrimonial), adoptivo, etc., entonces debe hablarse de diversos tipos de filiación. La pluralidad de estados és un instrumento para atribuir una discriminación enlos derechos y obligaciones imputables.
• Unidad. Si el Derecho sólo tiene una posición en su calidad de hijo como estado civil, entonces no puede hablarse detipos de filiación sino de una única consideración en la posición, "hijo". La unidad de estado es usada para atribuir igualdad en el régimen de los derechos y obligaciones.
Regístrate para leer el documento completo.