manual de familia

Páginas: 25 (6135 palabras) Publicado: 14 de agosto de 2014

Voces : 
ADOPCION ~ ARBITRARIEDAD ~ DEBIDO PROCESO ~ DERECHO A LA IDENTIDAD ~ DERECHOS CONSTITUCIONALES ~ GUARDA ~ GUARDA DE MENOR ~ INTERES DEL MENOR ~ JUEZ ~ JUEZ DE FAMILIA ~ MENOR ~ OBLIGACIONES DEL JUEZ ~ RECURSO EXTRAORDINARIO ~ REGISTRO UNICO DE ASPIRANTES A LA ADOPCION ~ REQUISITOS DEL ADOPTANTE ~ SENTENCIA DEFINITIVA ~ TRANSFERENCIA DE LA GUARDA



Tribunal: 
Corte Suprema deJusticia de la Nación(CS)




Fecha: 
19/02/2008

Partes: 
G., H. J. y D. de G., M. E.


Publicado en: 
LA LEY 25/03/2008, 7 - DJ 16/04/2008, 993 - DJ 2008-I, 993 - LA LEY 29/04/2008, 7 







Guarda con fines de adopción - Preservación del interés superior del niño.




HECHOS:
Un matrimonio inició el trámite de inscripción en el Registro de Adoptantes, pocos díasantes de que les fuera entregada en forma directa una niña por parte de su madre biológica, a los fines de su adopción. Posteriormente, se hizo lugar a la inscripción, iniciándose luego de algunos meses el proceso de guarda preadoptiva. La juez de grado rechazó la solicitud y declaró a la niña en estado de patronato. Confirmado el fallo, se dedujo recurso de inconstitucionalidad, que fue desestimado.Contra ese pronunciamiento, se interpuso recurso extraordinario federal, cuya denegatoria motivó la queja. La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la sentencia apelada.
SUMARIOS:
1- La verdad biológica no es un valor absoluto cuando se la relaciona con el interés superior del niño, pues la identidad filiatoria que se gesta a través de los vínculos creados por la adopción es tambiénun dato con contenido axiológico que debe ser alentado por el derecho como tutela de ese interés superior, respetando el derecho del menor a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares (del dictamen de la Procuradora Fiscal que la Corte hace suyo)
en"A. F.", 13/03/2007 —LA LEY 13/04/2007, 6 - LA LEY 2007-B, 686 - LA LEY 19/04/2007, 7, con nota deRodolfo G. Jáuregui - LA LEY 2007-B, 733, con nota de Rodolfo G. Jáuregui - DJ 2007-1, 1071 - ED 222, 309— sostuvo que, frente a la existencia de conflicto entre los padres biológicos y los guardadores, corresponde hacer prevalecer por sobre todos los intereses en juego el del sujeto más vulnerable y necesitado de protección.

(*) Información a la época del fallo

Cerrar Jurisprudencia y DoctrinaVinculada 2- Es arbitraria la sentencia del superior tribunal local que, al confirmar el rechazo de la guarda preadoptiva, consideró que las situaciones de un niño ya entregado directamente por la madre no son infrecuentes ni desatendidas, sino todo lo contrario, pero, manifiesta que tienen comprometido su criterio en el tema de entregas directas las que, frente a la legislación y reglamentaciónactual, aparecen fuera del debido proceso legal (del dictamen de la Procuradora Fiscal que la Corte hace suyo).

3- Si bien para el acceso al Registro Nacional de Adoptantes —ley 25.854 (Adla, LXIV-A, 106)—, los interesados deben reunir ciertas condiciones cuyo objeto es determinar su idoneidad para hacerse cargo de niños, el requisito de inscripción —que fue cumplido en el caso— no puedeconstituirse en un requerimiento a tener en cuenta con rigor estrictamente ritual, pues, resulta inadmisible que tal exigencia se constituya en un obstáculo a la continuidad de una relación afectiva entre un niño y sus padres guardadores, si estos han demostrado que reúnen las condiciones necesarias para continuar con la guarda que les fue confiada. (del dictamen de la Procuradora Fiscal que la Cortehace suyo).
en"A. F.", 13/3/2007 —LA LEY 13/04/2007, 6 - LA LEY 2007-B, 686 - LA LEY 19/04/2007, 7, con nota de Rodolfo G. Jáuregui - LA LEY 2007-B, 733, con nota de Rodolfo G. Jáuregui - DJ 2007-1, 1071 - ED 222, 309— sostuvo que, frente a la existencia de conflicto entre los padres biológicos y los guardadores corresponde hacer prevalecer por sobre todos los intereses en juego —legítimos desde...
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