MANUAL DE M QUINAS
MANUAL DE MÁQUINAS
Y EQUIPOS DE TRABAJO
Este manual nace como respuesta a la necesidad de conocer con exactitud la legislación vigente en materia de
seguridad de máquinas o equipos de trabajo en las empresas, que no olvidemos es una de las fuentes de riesgo principal en la consecución de accidentes de trabajo grave y mortal. También podemos encontrar los equipos de trabajo como suscomponentes reseñando los elementos básicos para que cumplan los mínimos exigibles en seguridad, ergonomía e higiene en el puesto de trabajo.
Esta constituido por un índice; que indica los temas de los capítulos 1, 2, 3, 4
CAPÍTULO 1
Introducción
Definiciones
Consideraciones sobre disposiciones mínimas de seguridad
Comprobación de los equipos de trabajo
Formación e información a los trabajadoresConsulta y participación de los trabajadores
Como se adecúan los equipos de trabajo a lo establecido en el R.D. 1215/1997
Asesoramiento al empresario
Ejemplo de certificación de equipos por una O.C.A.
Algunas consideraciones sobre el asesoramiento
Ejemplo: Servicio de Prevención
Declaración CE de conformidad
Definiciones:
EQUIPO DE TRABAJO
MÁQUINA
UTILIZACIÓN DE UN EQUIPO DE TRABAJO
ZONA PELIGROSATRABAJADOR EXPUESTO
OPERADOR DEL EQUIPO
CONSIDERACIONES SOBRE DISPOSICIONES MINIMAS DE
SEGURIDAD, conforme al RD 1215/1997
Según el Artículo 3.1 El empresario deberá utilizar únicamente equipos que satisfagan:
a. Cualquier disposición legal o reglamentaria que les sea de aplicación.
b. Las condiciones generales previstas en el Anexo I del Real Decreto
.
Las máquinas puestas en el mercado confecha posterior al 1 de enero de 1995 deben cumplir los requisitos establecidos por el Real Decreto 1435/1992 y el Real Decreto 56/1995 por el que se modifica el anterior. Se consideraran conformes con los requisitos de seguridad y salud las máquinas que estén provistas de la marca “CE” y que dispongan de la declaración “CE” de conformidad, y, por tanto, cumplirán los requisitos establecidos en elanexo I el Real Decreto 1215/1997.
TRES POSIBILIDADES:
A) Máquinas que se encontraban en servicio, en el Espacio Económico Europeo, el 31 de diciembre de 1994.
B) Máquinas que se comercializaron, en el Espacio Económico Europeo, a partir del 1 de enero de 1995.
C) Máquinas sin Declaración CE de Conformidad, de las que no puede justificarse que se encontraran en servicio, en el Espacio EconómicoEuropeo, el 31 de diciembre de 1995.
A) MÁQUINAS QUE SE ENCONTRABAN EN SERVICIO ECONÓMICO EUROPEO, EL 31 DE DICIEMBRE DE 1994
Una máquina construida antes de la entrada en vigor del R.D. 1435/1992, aún encontrándose en “PERFECTAS CONDICIONES”, con toda probabilidad no será conforme con los requisitos de seguridad y salud. Para que pueda ser utilizada por los trabajadores deberá estar adecuada alo establecido en el R.D. 1215/1997.
EL EMPRESARIO ELABORARÁ PARA CADA MÁQUINA UNA DECLARACIÓN
EN LA QUE HAGA CONSTAR:
- Nombre y dirección del empresario.
- Tipo, marca, modelo, número de serie y año de fabricación de la máquina.
- Que la máquina se encontraba en servicio en el Espacio Económico Europeo, el 31 de diciembre de 1994 (indicando el procedimiento de justificación de este extremo).
-Disposiciones reglamentarias españolas a las que se ajusta la máquina.
- Que la máquina cumple las condiciones previstas en el anexo I del R.D. 1215/1997 y existe un manual de instrucciones; formando parte de un expediente que se conserva en la empresa a disposición de la Administración en el que se pone de manifiesto el cumplimiento por el empresario del R.D. 1215/1997.
B) MÁQUINAS QUE SECOMERCIALIZARON EN EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO, A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 1995
Esta maquinaría deberá disponer de marcado CE, declaración CE de conformidad, manual de instrucciones y demás condiciones y requisitos establecidos en los R.D. 1435/1992 y R.D. 56/1995. Se considera que una máquina con declaración CE de conformidad cumple las condiciones establecidas en el anexo I, del R.D. 1215/1997,...
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