Manual
Subscríbete gratis al Blog de FacturaLegal.com y recibe noticias como esta en tu correo electrónico
Las imprentas autorizadas deberáncumplir con las siguientes obligaciones:
Obligación de exigir el RIF:
La imprenta autorizada deberá elaborar cada documento dando cumplimiento a lo establecido en la providencia que establece lasnormas generales de emisión de facturas y otros documentos. Adicionalmente, a los fines de la elaboración de facturas y otros documentos, la imprenta autorizada exigirá al emisor copia del certificadovigente de inscripción en el registro único de información fiscal (RIF).
Las facturas y otros documentos que elabore la imprenta autorizada deberán contener, fielmente, los datos referentes al nombre orazón social y el número de registro único de información fiscal (RIF) que aparecen en el certificado vigente de inscripción.
A la copia del certificado vigente de inscripción en el registro único deinformación fiscal (RIF), deberá anexarse a la copia de la factura emitida por los servicios de elaboración de facturas y otros documentos.
Obligación de asignar número de control a los formatos yformas libres:
La imprenta autorizada deberá asignarle una numeración de control a los formatos y formas libres que elabore.
La numeración de control deberá ser consecutiva y única para cada emisor,iniciarse con la frase “N° de Control …” y estar conformada por un identificador de dos dígitos y un secuencial numérico de hasta ocho dígitos.
Cuando se requiera por primera vez la elaboraciónde facturas y otros documentos o formas libres, conforme a lo establecido en la providencia 592, el identificador deberá comenzar con los dígitos 00 y el secuencial con el número 1.
Cada vez que elsecuencial numérico llegue al final de la numeración, éste volverá a iniciarse con el número 1 y se deberá incrementar en un dígito el identificador. Cada vez que el identificador llegue al final de la...
Regístrate para leer el documento completo.