Marco legal que sustenta la alfabetización tecnológica
A continuación se dan a conocer algunos articulos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de la Ley Orgánica deCiencia y Tecnología que permiten conocer y analizar de una manera muy general el marco legal y filosófico que orientan y garantizan la educación, la apropiación social del conocimiento y el acceso alas Tecnologías de Información y Comunicación (TIC).
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999).
Artículo Nº 3. "El Estado tiene como fines esenciales la defensa y eldesarrollo de la persona y su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y lagarantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución".
Artículo Nº 102. "La educación es un derecho humano y un deber socialfundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico,humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad..."
Artículo Nº 103. "Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades,sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones... La impartida en las instituciones del estado es gratuita hasta el pregrado universitario..."
Artículo 110."El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentalespara el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional...".
Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Artículo Nº 1. "La presente ley...
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