Marco Legal
CONSIDERAR EN PREVENCIÓN
DE RIESGOS
Srta. Viviana López Jiménez / I(E)PR
Docente: Mónica Duarte Silva
LEGISLACIÓN VIGENTE
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Ley 16.744
D.S. N°40
D.S. N°54
D.S. N°594
D.S N°67
Código del Trabajo.
Circular 2345.
LEY N° 16.744 Seguro Social Contra Riesgos de
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
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•Artículo 1º: Seguro Obligatorio.
Artículo 2: Personas protegidas.
Artículo 15: Cotización y Financiamiento.
Artículo 29 - 30: Prestaciones
Articulo 66: Constitución de Comités
Paritarios.
• Articulo 67: Mantener al día RIHS.
• Articulo 68: Entrega de EPP.
• Artículo 69-70 y muchos más.
D.S. N° 40 Reglamento Sobre
Prevención de Riesgos
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Artículo N° 1 al 4
Articulo N°8.
Formación de Deptos. y funciones.
Calificación Expertos.
Jornadas de Trabajo.
D.S. N° 40 Reglamento Sobre Prevención de
Riesgos
• Artículo 12.- Los Departamentos de
Prevención de Riesgos de las empresas están
obligados a llevar estadísticas completas de
accidentes:
• Tasa de frecuencia
• Tasa de gravedad
D.S. N° 40 Reglamento Sobre Prevención de
Riesgos
Artículo 14.- Todaempresa o entidad estará
obligada a establecer y mantener al día un
reglamento interno de seguridad e higiene en
el trabajo, cuyo cumplimiento será obligatorio
para los trabajadores. La empresa o entidad
deberá entregar gratuitamente un ejemplar
del reglamento a cada trabajador.
D.S. N° 40 Reglamento Sobre Prevención de
Riesgos
REGLAMENTO INTERNO
• Vigencia de un Año, pero se entenderáprorrogado
automáticamente, por períodos iguales, si no ha
habido observaciones por parte del Departamento
de Prevención o del Comité Paritario de Higiene y
Seguridad, o a falta de éstos de la empresa o de los
trabajadores.
D.S. N° 40 Reglamento Sobre Prevención de
Riesgos
Art. 16. El reglamento deberá comprender como
mínimo un preámbulo y cuatro capítulos
destinados respectivamente adisposiciones
generales, obligaciones, prohibiciones y sanciones.
Art. 20. El reglamento contemplará sanciones a los
trabajadores que no lo respeten en cualquiera de
sus partes. Las sanciones consistirán en multas en
dinero
D.S. N° 40 Reglamento Sobre Prevención de
Riesgos
Art. N° 21: Los empleadores tienen la Obligación
de informar oportuna y convenientemente a
todos a sustrabajadores de los Riesgos que
presentan
sus labores, de las medidas
preventivas y de los métodos de trabajo
correcto. Los riesgos son los inherentes a la
actividad de cada empresa.
D.S. N° 40 Reglamento Sobre Prevención de
Riesgos
• Especialmente deben informar a los
trabajadores acerca de los elementos,
productos y sustancias que deban utilizar en los
procesos de producción o en sutrabajo, sobre
la identificación de los mismos (fórmula,
sinónimos, aspecto y olor), sobre los límites de
exposición permisibles de esos productos,
acerca de los peligros para la salud y sobre las
medidas de control y de prevención que deben
adoptar para evitar tales riesgos.
DECRETO SUPREMO N°54
• Constitución y Funcionamiento de los Comités
Paritarios de Higiene y Seguridad.
D.S. N°54 Constitución y Funcionamiento de
Comités Paritarios.
• Artículo 1º.- En toda empresa, faena, sucursal
o agencia en que trabajen más de 25 personas
se organizarán Comités Paritarios de Higiene y
Seguridad, compuestos por representantes
patronales y representantes de los
trabajadores.
D.S. N° 54 Constitución y Funcionamiento de
Comités Paritarios.
• Características de un CPHS.
•Composición.
• Elecciones.
. Designación.
• Reuniones.
• Funciones
• Entre otras.
D.S. N° 54 Constitución y Funcionamiento de
Comités Paritarios. (ART 24)
1. Asesorar e instruir a los trabajadores (EPP y Dispositivos)
2. Vigilar el cumplimiento de las medidas de prevención, higiene
y seguridad
3. Investigar las causas de los accidentes del trabajo y
enfermedades profesionales.
4....
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