marco teorico
"PROTECCION FUERO DE MATERNIDAD.”
1. SENTENCIA T – 136 – 2008.
HECHOS:
Las accionantes que participan en esta sentencia, manifestaron que se les vulneraron los derechos a la vida digna, a la seguridad social, a la igualdad y al mínimo vital como mujeres afiliadas al régimen contributivo del sistema de seguridad social en salud, por ello solicitana las diferentes eps el reconocimiento y pago de las licencias de maternidad, las cuales han sido negadas bajo el argumento de la falta de cotización al sistema durante el periodo de gestación o por pago extemporáneo de las cotizaciones. Por estas razones solicitan se ordene el reconocimiento y pago de las licencias de maternidad como mecanismo de protección a la mujer embarazada y a la niñez.RATIO DECIDENTI:
Vulneración a los derechos de la madre gestante y la niñez, ya que de acuerdo a lo manifestado por la corte si la futura madre deja de cotizar por un tiempo de dos meses tendrá de igual manera derecho al pago, pero será proporcional al tiempo cotizado, esto con el objeto de mantener el equilibrio financiero del sistema.
PROBLEMA JURIDICO:
¿es justo que se dé la desprotecciónal menor que no ha nacido, por las fallas que se presentan en nuestro sistema de salud?
DECISION DEL JUEZ:
En algunos de los casos presentados en esta sentencia se ordenó a las eps generar los pagos solicitados por parte de las demandantes, en los otros de acuerdo a los casos presentados se negó por argumentos como la fecha en que se solicitó el pago por medio de tutela y la diferencia con lafecha en que nació el hijo, significando esto que no necesitaba el recurso al momento de ser madre.
DECISIÓN SI FUERA JUEZ:
Más que el derecho de la madre, tendría en cuenta los derechos del menor que va a nacer, ya que como es de nuestro conocimiento los derechos de los niños priman y están por encima de los derechos de todos los demás.
2. SENTENCIA 37502
SALA LABORAL – CORTE SUPREMA DEJUSTICIA
MAGISTRADA PONENTE: ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERON,
FECHA 8 DE FEBRERO DE 2011
HECHOS:
La actora trabajó para la Corporación Universitaria de occidente ocupando el cargo de Coordinadora de servicios informativos, mediante contrato laboral a término fijo, el que empezaba en Enero y terminaba en Diciembre de todos los años a partir del año 2007, en En Diciembre de 2010, informó de suestado de embarazo a la Corporación, posteriormente en Enero firmó nuevamente contrato el cual se suscribió hasta el 21 de mayo de ese año.
Luego se el informó con antelación que su contrato no sería renovado, razón por la cual consideró que se debía a la licencia de maternidad a la que tenía derecho y por esto demando alegando que su despido no fue por una causa justa y reclamaba el pago deprestaciones sociales e indemnización.
En primera instancia el Juez reconoce sus derechos y condena a la corporación al pago de las pretensiones solicitadas, este fallo es apelado, El Tribunal en su decisión de segunda instancia, revoca la decisión anterior, por considerar que dentro de la demanda existían pretensiones excluyentes, es decir que concurrían pretensiones que se había solicitado poraparte pero que unas eran excluyentes de las otras, que de solicitarlas debían ser como subsidiarias, y se inhibe de tomar una decisión de fondo.
El recurso de casación se interpone por la inobservancia del Tribunal frente a las pretensiones descritas las cuales no se encontraban como principales, si no unas principales y las otras subsidiarias llevando este error a que el Tribunal se inhibieraen su decisión, lo anterior fue confirmado por sala laboral de la Corte Suprema Justicia, quien llama la atención al Tribunal por no haber advertido dicho error.
DECISION:
La Corte, considera que la actora conocía perfectamente la duración del contrato y no puso ningún reparo al firmarlo, indica que no se le puede endilgar injusta causa a la Corporación, por cuanto la causa fue la terminación...
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