Marihuana SCJN
Entre las víctimas directas de la prohibición, están los consumidores de drogas, quienes, por un lado, son obligados ainteractuar en contextos de ilegalidad y violencia al no existir formas de abastecimiento legal y seguro -teniendo que acceder a través del mercado negro-, y quienes son criminalizados de distintas formas e introducidos en la esfera de lo penal. Además, la prohibición impide que se dé un tratamiento adecuado a los consumidores que lo requieran e impide contar información que permita reducir losriesgos asociados al consumo.
El próximo miércoles 4 de noviembre, los ministros que integran primera sala de la Suprema Corte de Justicia debatirán y votarán el proyecto del ministro Arturo Zaldívar en el que se plantea declarar la inconstitucionalidad de diversas disposiciones de la Ley General de Salud que prevén un “sistema de prohibiciones administrativas” y que constituye un obstáculo jurídicopara poder realizar lícitamente todas las acciones necesarias para el autoconsumo de marihuana (como la siembra, cultivo, cosecha, posesión, transporte, etcétera). Prohibición que restringe de manera innecesaria y desproporcional el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
El proyecto del ministro Zaldívar plantea que el libre desarrollo de la personalidad es un derecho fundamental derivadodel derecho a la dignidad, que a su vez está previsto en la Constitución y en los tratados internacionales. El libre desarrollo de la personalidad, “permite la consecución del proyecto de vida que para sí tiene el ser humano, como ente autónomo”, de tal manera que “supone el reconocimiento del Estado sobre la facultad natural de toda persona a ser individualmente como quiere ser, sin coacción, nicontroles injustificados o impedimentos”. En ese sentido, este derecho permite que las personas decidan, sin interferencia de ningún tipo, qué actividades recreativas o lúdicas desean realizar, al tiempo que permite llevar a cabo todas las acciones o actividades necesarias para poder materializarlo. En este caso, se trata del consumo de sustancias, en particular de marihuana, lo que perteneceúnicamente a la esfera de autonomía personal.
El sistema de prohibición afecta de manera importante el derecho al libre desarrollo de la personalidad, tal como lo plantea el proyecto, al no encontrarse que el consumo de mariguana genere consecuencias que por su gravedad afecten de manera importante a la salud o al orden público –lo que ameritaría la prohibición absoluta:
…se trata de una medida queno sólo [es] innecesaria, al existir medios alternativos igualmente idóneos que afectan en un menor grado el derecho al libre desarrollo de la personalidad, sino que además es desproporcionada en estricto sentido, toda vez que genera una protección mínima a la salud y orden público frente a la intensa intervención al derecho de las personas a decidir qué actividades lúdicas desean realizar.Existen, entonces, tal como plantea el ministro, alternativas que violentan en un menor grado el derecho al libre desarrollo de la personalidad, consistentes en regímenes de permisiones sujetos a las condiciones que el legislador considere pertinentes, las cuales pueden ir acompañadas por políticas públicas educativas y de protección a la salud.
Vale mencionar que el uso y consumo de drogas ha sido,...
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