Marketin
Pablo Bustelo y José Mª Alonso son dos correctores de estilo que lo hacen para una editorial y pretenden sedeclare la extinción de su contrato al amparo del artículo 50 ET por falta de pago de salarios. Los señores Bustelo y Alonso prestaban susservicios desde hace 20 años en exclusividad para la empresa Krugman SL que era quien les remitía por medio de mensajería a sus domicilios el materialimpreso objeto del trabajo y debiendo entregar la obra corregida en el plazo fijado; los demandantes trabajaban más jornada que los empleados quelo hacían en la sede de la empresa, puesto que tenían más volumen de trabajo y cortos plazos de entrega; el material para el trabajo (bolígrafos,papel...) lo suministraba la empresa y su tarea se controlaba por una Adjunta a la Dirección que era la Responsable de Corrección de pruebas quelo revisaba y mantenía con ellos una relación continua; la empresa chequeaba la calidad de los trabajos; la empresa daba indicaciones a laresponsable de la oficina sobre el modo en que los correctores habían de hacer su trabajo. Estos facturaban una cantidad de 2.000€ de promedio más IVA,estaban de alta en IAE y RETA, que abonaban directamente. La editorial Krugman SL les pagaba además a finales de junio hasta 2009 una cantidadequivalente aproximadamente a lo que el año anterior ellos habían pagado por IRPF y cuotas de RETA.
¿Hay relación laboral? Razone su respuesta
Regístrate para leer el documento completo.