Marketing
I. Formular y conducir la política turística nacional
V. Regular las acciones para la planeación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística enel país;
VII. Formular las bases de coordinación entre los ámbitos de gobierno, para el establecimiento,
regulación, administración y vigilancia de las Zonas de DesarrolloTurístico Sustentable;
VIII. Promover la infraestructura y equipamiento, que contribuyan al fomento y desarrollo de la
actividad turística, en coordinación con los Estados,Municipios y el Distrito Federal, y con la participación
de los sectores social y privado, mismas que estarán sujetas a la disponibilidad de los recursos
aprobados en el Presupuesto deEgresos de la Federación;
X. Participar en programas de prevención y atención de emergencias y desastres, así como en
acciones para la gestión integral de los riesgos conforme a laspolíticas y programas de protección civil
que al efecto se establezcan;
Art 9
I. Formular, conducir y evaluar la política turística local
III. Aplicar losinstrumentos de política turística previstos en las leyes locales en la materia, así como laplaneación, programación, fomento y desarrollo de la actividad turística que se realice en bienesy áreas
de competencia local;
VIII. Participar en la regulación, administración y vigilancia de las Zonas de Desarrollo Turístico
Sustentable en los Municipios de losEstados, conforme a los convenios que al efecto se suscriban;
XI. Proyectar y promover el desarrollo de la infraestructura turística;
XIV. Participar en programas de prevención yatención de emergencias y desastres, así como en
acciones para la gestión integral de los riesgos conforme a las políticas y programas de protección civil
que al efecto se establezcan;
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