martin
INICIAR ACTIVIDADES PERSONAS NATURALES
Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de
apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa vigente del SII.
1. Descripción del trámite paso a paso
2. ¿A qué se refiere este trámite? 3. ¿Quiénes deben realizar este trámite?
4. ¿Cuándo se hace este trámite?
5. ¿Dónde se hace este trámite?
6. Requisitos para efectuar el trámite
7. Observaciones
8. Normativa relacionada al trámite
9. Preguntas frecuentes del trámite
10. Formularios relacionados al trámite
1. Descripción paso a paso
a) Descripción del trámite paso a paso Inicio de Actividades Personas Naturales en la Unidad del Servicio (Ver página 6).
b) Descripción del trámite paso a paso Inicio de Actividad persona natural a través de
Internet. (Ver página 7).
2. ¿A qué se refiere este trámite?
La declaración de iniciación de actividades es una declaración jurada formalizada ante el Servicio
de Impuestos Internos sobre el comienzo de cualquier tipo de negocios o labores susceptibles de
producir rentas gravadas en la primera o segunda categoría de la Ley de la Renta. Puede
consultar el listado de Códigos de Actividad Económica, para ver el código correspondiente a la
actividad económica que declara comenzar a realizar.
3. ¿Quiénes deben realizar este trámite?
Las personas naturales obligadas con el trámite de Declaración Inicio de Actividad son las que desarrollen una actividad comercial o profesional de las referidas en los artículos 20°, N°s 1, letras
a) y b), 3, 4 y 5, 42° N° 2 y 48° de la Ley de la Renta.
4. ¿Cuándo se hace este trámite?
El plazo para presentar esta declaración de iniciación de actividades es, dentro de los dos meses
siguientes a aquél en que comiencen sus actividades. Por ejemplo, un contribuyente que comienza su actividad en septiembre de un año determinado, tiene plazo hasta el último día de noviembre
del mismo año.
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Este instructivo ha sido confeccionado de acuerdo con la normativa e instrucciones vigente;
las modificaciones posteriores deberán ser consideradas para la aplicación de la
información contenida en este documento
Cómo se hace para..? 5. ¿Dónde se hace este trámite?
Este trámite puede realizarse a través del sitio Web del Servicio de Impuestos Internos, en la
opción Inicio de Actividades. También se puede realizar en la Unidad del Servicio correspondiente
al domicilio del contribuyente.
Si el trámite se realiza vía Internet y los datos ingresados no son validados positivamente, el contribuyente deberá terminar el trámite en la Unidad correspondiente a su domicilio.
6. Requisitos para efectuar el trámite
Cuando el trámite lo realiza por Internet, el contribuyente requiere:
Tener clave secreta otorgada por el SII
Ser persona natural chilena o persona natural extranjera con domicilio o residencia en Chile y que
figure en las bases del SII
Ser mayor de 18 años. Cuando el contribuyente Inicia Actividades en la Unidad del Servicio, en términos generales, debe
presentar los siguientes antecedentes:
Cédula Nacional de Identidad del contribuyente.
Si actúa un mandatario:
Cédula de Identidad del mandatario;
Poder del contribuyente al mandatario ante Notario u Oficial del Registro Civil (cuando no
exista Notario)
Original o fotocopia autorizada ante Notario de la Cédula Nacional de Identidad del contribuyente.
Formulario 4415, lleno y firmado.
Y en ambos casos, sea por Internet o en la Unidad, deberá acreditar domicilio, como se detalla a
continuación. (El resto de los antecedentes solicitados dependiendo del caso y la exigencia de
la presentación de ellos, varía dependiendo de si el trámite es por internet o en las oficinas del SII).
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